cambia la cerradura sin consentimiento

Cambiar la cerradura sin consentimiento o cortar la luz es un Delito

Cambiar la cerradura sin consentimiento o cortar la luz del domicilio es delito si la finalidad es restringir o doblegar la voluntad de otra persona.

Hablamos del delito de coacciones por cortar la luz o por cambiar la cerradura sin consentimiento.

Cambiar la cerradura sin consentimiento o cortar la luz pueden constituir un delito

Las coacciones, ya sean consideradas como delito del artículo 172.1 del Código Penal, o como delito menos grave del artículo 172.3 del citado Código (antigua falta de coacciones que está suprimida) pueden cometerse mediante fuerza en las cosas.

Puede ser el caso cuando una persona procede a cambiar la cerradura sin consentimiento de la persona que habita en la vivienda o cortar la luz del domicilio sin estar legítimamente autorizada para ello y con la finalidad de impedir a otra hacer lo que la ley no le prohíbe u obligarle a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto.

¿Es legal cambiar la cerradura?

El acto de impedir a uno de los propietarios o moradores de una vivienda a acceder a ella mediante un cambio de cerradura, sin que exista una resolución que se lo prohíba, constituye el supuesto típico del delito de coacciones y puede conllevar una condena penal.

Lo que los Tribunales y Juzgados vienen exigiendo para considerar estas conductas como delictivas, es que el sujeto que las causa busque como finalidad “restringir” la libertad o “doblegar” la voluntad de otra persona.

Aunque habrá que estar al caso concreto, carecerá por tanto de relevancia penal, cambiar la cerradura o cortar la luz del domicilio cuando la finalidad es otra distinta como por ejemplo haber sufrido un robo, no existir convivencia con la otra persona después de cierto tiempo o que el contrato de arrendamiento establezca que la contratación de los suministros será de cuenta del arrendatario. En este último caso, señalamos la siguiente sentencia:

Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 3ª), sentencia de fecha 15.09.2010:

“…No solo no consta suficientemente acreditado que fuera la denunciada quien diera las instrucciones a la Compañía suministradora del fluido eléctrico para darse de baja en el contrato, pues según señaló ella en el plenario fue su esposo quien lo hizo, sin que conste prueba en contrario; sino que además, con independencia de ello, se remitió un telegrama a los denunciantes avisándoles de que se iba a solicitar la baja en el contrato, estando la denunciada legitimada para hacerlo conforme al contrato de arrendamiento suscrito por los denunciantes, al incluirse en el mismo (cláusula quinta) que “serán de cuenta del Arrendatario los gastos de cuantos servicios se le suministren a la vivienda, tales como agua, luz, teléfono, y cualquiera otros similares con que cuente la finca. El arrendatario se obliga a contratar dichos suministros con las Compañías correspondientes, estando autorizado el Arrendador, a partir de la fecha, a causar baja en los suministros que hasta la fecha tiene”.

En consecuencia, la denunciada en todo caso se encontraba legítimamente autorizada para solicitar la baja en el suministro eléctrico con lo que faltaría uno de los requisitos esenciales de la falta de coacciones . Es por ello que debe entenderse que la absolución de la denunciada resulta acertada, debiendo confirmarse la resolución recurrida.”

Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 3ª), sentencia de fecha 15.09.2010

¿Cuándo esta acción constituye un delito?

  • Cuando el sujeto restringe la libertad de personas con las que tiene o ha tenido una vinculación familiar o emocional las penas a imponer dependerán de la gravedad del hecho y de la citada relación.
  • Cuando se trata de cambio de cerradura de la entrada o acceso en el domicilio o local de negocio sin amparo legal que lo justifique, nos encontramos en la mayoría de las veces frente a un hecho delictivo de coacciones leves.

Estos hechos venían tramitándose hasta ahora como una falta, pero a partir de la reforma del Código Penal (en vigor desde el 1.07.2015) que ha suprimido las faltas, se consideran “delito leve de coacciones” (artículo 172.3 Código Penal).

  • Cuando los hechos tienen mayor relevancia, por la conducta reiterada o porque entran en juego otros factores como hijos menores, perjuicios importantes en el negocio, etcétera, podríamos estar frente a un delito de coacciones del artículo 172.1 Código Penal, que lleva aparejada la petición de pena de prisión.

¿Cuándo cambiar la cerradura o cortar la luz del domicilio se considera coacción grave?

El artículo 172.1 Código Penal, establece:

” El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

Cuando la coacción ejercida tuviera como objeto impedir el ejercicio de un derecho fundamental se le impondrán las penas en su mitad superior, salvo que el hecho tuviera señalada mayor pena en otro precepto de este Código.

También se impondrán las penas en su mitad superior cuando la coacción ejercida tuviera por objeto impedir el legítimo disfrute de la vivienda”.

Artículo 172.1 Código Penal,

¿Cuándo cambiar la cerradura o cortar la luz se considera coacción leve?

Artículo 172.3 Código Penal:

“Fuera de los casos anteriores, el que cause a otro una coacción de carácter leve, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. Este hecho sólo será perseguible mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.”

Penas de Coacciones leves entre personas que tenga un vinculo

Cuando la víctima sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con:

  • La pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días-
  • La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años,
  • Inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años. (artículo 172.2 Código Penal) cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz.

Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173. la penas será de:

  • Localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima,
  • O trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días,
  • O multa de uno a cuatro meses, ésta última únicamente en los supuestos en los que concurran las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84. En estos casos no será exigible la denuncia a que se refiere el párrafo anterior. (artículo 172.3 segundo párrafo Código Penal)

¿Quiénes son las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173 del Código Penal?

En este caso nos referimos a:

  • Descendientes.
  • Ascendientes.
  • Hermanos por naturaleza.
  • Hermanos de adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente.
  • Menores.
  • Personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente.
  • Persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar.
  • Personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.

Ejemplos de sentencias sobre delito leve de coacciones

Sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 1ª) de 8.01.2018:

“Sin embargo, la juzgadora de instancia reconduce el marco de aplicación jurídica del debate suscitado al señalar que contando con la declaración de la denunciante, corroborada con la declaración del testigo, y las propias manifestaciones de la denunciada que evidencian que cuando fue a Iberdrola a cortar la luz ya sabía que sus sobrinas vivían en el inmueble, con independencia de que conociera la existencia del contrato de arrendamiento , constituyen prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia de la que goza la denunciada, resultando en consecuencia procedente la condena de la misma por los hechos que se le imputan….

En definitiva, la Sala no encuentra fundamento alguno para mantener el motivo de recurso alegado por la recurrente, al no existir falta de coherencia, irracionalidad o arbitrariedad en el esquema y desarrollo lógico seguido por la Juez “a quo” a la hora de calificar jurídicamente los hechos enjuiciados, por lo que, en consecuencia, admitida la virtualidad de la valoración de la prueba verificada por la juzgadora de instancia, debe concluirse que no existe errónea aplicación del delito leve de coacciones aplicado, sin que se pueda alegar infracción de éste precepto penal.”

Sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 1ª) de 8.01.2018:

Auto de la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 2ª) de 25.01.2017

“La jurisprudencia ha aplicado esta doctrina en supuestos de corte de suministro hidráulico, eléctrico y de gas ( STS 28-02-00), cambio de cerradura , cierre mediante otros mecanismos ( STS 5-04-99) negativa a entregar boletines de suministros, extracción forzosa de bienes necesarios para vivir ( STS 26-05-92), interposición de obstáculos, retención de bienes ( STS 11-07-01), modificación de las claves de acceso a un programa informático para impedir su uso, u otras formas de “violencia” sin menoscabo material.

En definitiva, para que se cumpla este requisito típico, cuando la violencia se ejerce sobre las cosas, la misma debe ser, siempre y en todo caso, un medio para obtener un comportamiento determinado de la persona coaccionada.

Los hechos denunciados son indiciariamente encuadrables en el tipo de coacciones , pues al proceder el denunciado a dar de baja el contrato de suministro eléctrico de la vivienda adjudicada, pendiente un proceso civil de tutela sumarial de los derechos reales inscritos, implica una privación a la denunciante (a la que se adjudicó en sentencia de divorcio) del uso del que era su domicilio habitual, lo que supone acudir a la vía de hechos sin esperar al pronunciamiento judicial.”

Auto de la Audiencia Provincial de Jaén (Sección 2ª) de 25.01.2017

Observación:

Cambiar la cerradura sin consentimiento de un domicilio donde habite otra persona puede estar íntimamente relacionado con el delito de allanamiento de morada.

Si una persona es condenada por delito de coacciones graves o leves, le quedarán antecedentes penales. Conozca los requisitos y plazos para su cancelación.

Francisco Sevilla Cáceres

Comentarios

  1. Arturo

    Hola,
    Tengo una casa baja en Asturias que utilizo para pasar temporadas, la última vez se me rompio la llave dentro de la cerradura y no tuve tiempo para llamar al cerrajero pensando en hacerlo a mi vuelta.
    Ahora me han dicho que han entrado ocupas por la ventana y viven alli, entrando y saliendo por esa ventana baja.
    No han cambiado la cerradura.
    Como es mi situación? Puedo entrar por la puerta? Puesto que no rompo ningun cerrojo de los okupas?

  2. Alma María

    Hola, vivía mi ex conmigo puesto que en el contrato de alquiler la titular soy yo y el es avalista, me hecho de la casa con mis tres hijos menores,se ha estado llevando pertenencias mías,fui a entrar a mi casa y me cambio la cerradura, se lo dijo mi abogada que me diera mis llaves y dijo que no, que si quería que solo me abría el cerrojo y que las llaves las iba a entregar su la inmobiliaria, cuando creo que no tiene derecho puesto que soy yo la única inquilina puesta en el contrato, sigue sin darme mis llaves y sigue entrando a mi casa porque siguen faltando cosas, yo estoy en casa de mi madre ya que él me hecho de mi propia casa,lo que ha hecho es delito? Y que tengo que hacer? Gracias

  3. Ferran

    Hola, alquile un piso y por desgracia entre en coma en febrero, mis padres hablaron con la gestoria propietaria para arreglar el asunto y nos firmaron un papel conforme quedaba solucionado todo a lo q fuera a mi nombre, alquiler y suministros, la cosa es q desde febrero me siguen llegando facturas sin vivir allí y me entere q en junio otra persona ocupó el domicilio con los suministros a mi nombre, he hablado con esa persona y cada semana me está diciendo q lo arreglará, pero no lo hace, puedo cortar los suministros sin pagar lo q se debe? Gracias

  4. Ángel

    ¿Es posible la aplicación del artº 172.1 y 172.3 de nuestro CC a una suministradora de energía eléctrica que, sin previo aviso y sin participar al afectado previamente de las acciones que harán lugar al desenganche de energía eléctrica ejercitando tal acción de la manera más impune que entiendo?

  5. Laura

    Hola,
    Les comento mi caso. Ni abuelo falleció a finales de febrero le cuidaba una chica que vive con su hija allí en casa de mi abuelo. Una vez falleció le dijimos que le dabamos un mes para irse ya que no pagaba nada de alquiler y mi abuelo ya no estaba. Han pasado 6 meses y la mujer y su hija siguen allí, tienen cinco facturas de luz sin pagar que siguen a nombre de mi abuelo y lo mismo pasa con el agua. He llamado a la compañía de la luz y le he explicado la situación y me han dicho que podía dar de baja el suministro y posteriormente cuando pudiéramos pagar todo lo que se debe, y eso hice… Ahora al leer esto no se muy bien si hice bien o si me puede pasar algo.
    ¿Me podrían asesorar?

  6. Alfonso Mercado Quiroz

    Buenos días necesito apoyo tengo un vecino que dice tener el derecho de cortar la luz cada que el quiera, a la hr que el de diga, y cuando el asi lo quiera este señor trabajo hace tiempo en la luz y fuerza ahora ya no está ahí pero cada que lo hace de corta la luz se pone ese chaleco y corta la luz cuando el quiere eso es un delito y abuso desafortunadamente mi cable pasa por su azotea ya que construyo su casa en el área de el patio de casa de su mamá y mi cable atraviesa por ahí necesito apoyo ayuda ya que es un señor de 50 años se cree dueño de la luz y dice tiene conocidos en la compañía que pueden ayudarle a dejarnos sin luz por un buen tiempo no se puede hablar con el ya estoy cansado de que me corte la luz o a mis hijas a cada rato necesito me digan por favor en donde denuncio o que hago se los agradeceré mucho

  7. Susana

    Buenas tardes, tenog un problema, vivo en un piso , el contrato de alquiler esta a mi nombre, y desde hace unos meses una persona esta viviendo conmigo en el piso, hace unos meses he tenido un accidente laboral y justo em despidieron, mi situacion es muy mala, con lo que cobro de la mutua casi no puedo pagar ni la casa ni los gastos, por eso metí a esta persona en mi casa, no es amiga y no la conocia de nada, desde el 12 de marzo esta persona estaba con sintomas muy fuertes, tos, mucha fiebre diarreas, la pregunte si la pasaba algo si se habai hecho alguna prueba y desde el 13 de marzo no me habla, es decir, con sintomas de covid y ella saliendo por casa sin amscarilla, ni guantes, haciendo vida normal, en al cocina hablando por telefono y abriendo al nevera y tosiendo en la comida, la dije que por favor no saliera de la habitacion que yo la llevaba la comida y me dice que ella iba a hacer vida normal no iba a sacrificarse por mi y que la daba igual contagiarme porque no soy familia suya, el 18 de marzo al pedi que se fuera de la casa, con el estado de alarma no se va…el problema es…que esoty en peligro soy grupo de riesgo me lo lelgo a contagiar y casi me muero he estado muy mala en casa y 40 dias despues sigo con sintomas ..esta persona va a la calle todos los dias, a tirar la basura ala compra lelga a casa y no se lava las manos,la digo que se lave las manos y me cierra la puerta en la cara se pone muy agresiva, esoty de baja y con una cirugia pendiente..me jeuego la vida, nos e como echarla de casa, yo en mi situacion economica no puedo ir a ningun sitio no me alquilan ninguna casa..encima me dice que se va a quedar aqui sin pagarme hasta que se peuda ir..he pensado dar de baja internet ella teletrabaj y lo necesita y yo obvio no puedo ahcerme cargo de los gastos por mi situacion incluso dar de baja luz y ams cosas…como peudo hacer? me esta poniendo en peligro y a aprte de contagiarme tengo miedo que me haga algo..esoty de baja por la lesion que apenas puedo andar y ademas con depresion por al situacion laboral

  8. Monserrat Zamora

    Hola, mi famiia y yo nos encontramos rentando en una casa y ya casi se nos cumple el tiempo para irnos pero la persona que nos renta nos dijo que cambiaria la cerradura ese mismo dia y que no era su problema si no sacabamos nuestras cosas, ahi que procede? ademas de que se ha puesto en una actitud pesima y muy grosera la persona que nos renta, incluso hubo dias en los que nos quitaba el agua.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Monserrat,

      El areendador no puede ni debe cambiar la caerradura ni cortar el agua. En caso de hacerlo, podeis interponer una denuncia contra el arrendador por coacciones.

      Ello no quita que el arrendador pueda iniciar el procedimiento correspondiente para el desahucio en el caso de que no abandóneis la vivienda en el tiempo establecido legalmente.

  9. ana

    le debo un mes al dueño de la casa y ha ido a endesa y le ha dado de baja al contador de la luz, estando yo viviendo con mis hijos de 20 y 18 años estos es legal por dios?

  10. Damiana

    He denuncia a mi cuñado por un delito de coacción por cortarme la luz, donde la policía local estaba presente y levanto un atestado de ese hecho.
    ¿Qué le puede ocurrir a mi cuñado por ese delito?.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Damiana,

      Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.

      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  11. Jorge

    Buenas tardes,tengo un problema de corte de luz, vivo con mi familia(esposa e hijos) en la casa que mis padres nos heredaron a mi y a mis hermanos (quienes también viven en la misma casa) cada uno tiene su espacio. Yo vivo en el segundo piso y el problema es que mis hermanos, sin razón alguna que sea válida y de la noche a la mañana, me cortaron la luz, ya hace 2 años, esto esta afectando a mi familia ya que tengo un niño con discapacidad, mi esposa enferma de salud e hijos que están en pleno ciclo estudiantil que no pueden hacer sus deberes con normalidad gracias a que no cuentan con electricidad. Quiero saber que puedo hacer porque cada vez que queria llegar a un acuerdo con ellos no se podia, siempre se negaban y solo había discusión. ¿Tengo que denunciarlos? ¿Cuanto tardaría todo el proceso? Podría conseguir que me conecten la luz antes o después que termine el proceso? Yo no quería llegar a esto pero no me dan otra alternativa.

  12. Jesús

    Buenos días, tenemos una vivienda heredada de mis padres fallecidos.La vivienda está deshabitada, solo en algún puente o vacaciones va algún hermano. El problema surge por el gasto de luz y agua que pagamos todos del fondo común. El contrato de luz está a nombre de mi madre (fallecida), ¿se puede solicitar a la compañía la baja del contrato por fallecimiento sin que ello suponga una ilegalidad? Gracias

  13. Rodrgio

    hola, en mi caso me han cambiado la cerradura en el piso en el que vivia, y lo he denunciado por coacciones pero por ahora no se sabe nada. que tengo que hacer para poder volver? basta con la denuncia penal o tengo que hacer algo mas?

  14. Fatima

    Hola buenas
    Tengo un problema
    Yo vivia en una casa de alquiler
    Desde 13 de diciembre de 2017 la pagaba mi exmarido a tiempo
    Hasta el mes de junio de 2018 desde entonces tenia maltrato de parte de mi pareja
    Le denuncie y el se fue a otro pais y me habia dejado todo en mi cargo yo no trabajo y esto cargo de un bebe
    En el mes de septiembre vino la dueña a casa y me corto la luz
    Me pregunta si esta en su derecho.?
    La niña se me enfermaba no tenia dinero alementos podridos en la nevera porque no tenia luz
    Queria saber si yo tengo algun derecho
    Porque yo no tiena trabajo y esta en una situacion mala despues del juecio que tuvi con mi exmarido que tuvimos el agusto me quede en casa durante 2 meses y medio despues de no tener luz durante un mes y medio me fue de casa a viver con mis padres a zamora

  15. María

    Estoy en proceso judicial de obtención tutoría/curatela de un familiar por incapacidad (alzheimer)
    Está ahora en una residencia y su vivienda inhabitada.
    Por razones de seguridad (posibilidad de que haya podido facilitar copias de su llave…) quería cambiar la cerradura de su domicilio.
    ¿Debería esperar a obtener la tutoría, o como defensora legal puedo realizar legalmente la gestión?
    Muchas gracias de antemano

    • Inmaculada Castillo

      Hola María,

      En un principio si se te ha designado judicialmente como defensora judicial de esa persona, entiendo que si el cambio de cerradura lo haces en defensa de los intereses de esta persona, no habría ningún problema.

      Si bien, hay que estar al caso concreto, por lo que te recomendaría que te pasaras por el juzgado que dictó la concesión para que te indiquen la procedencia o no. O igualmente con el abogado que llevó el procedimiento en caso de haberlo.

      Un saludo

      • María

        Muchas gracias, Inmaculada.
        Un cordial saludo

  16. Garazi

    Hola, mi suegra nos dejó vivir en la casa de su difunta madre por que no tenemos recursos suficientes para adquirir una vivienda en la que vivir mi mi pareja (el hijo de mi suegra), nuestra hija de dos meses de vida y yo. Nunca se han llevado bien entre ellos pero nos permitió vivir en la vivienda ( palabras textuales suyas) 1 año, 2, o lo que necesitasemos asta encontrar algo para poder mudarnos con nuestra reciente hija (su nieta). Tuvieron hace nada un enfadó monumental mi pareja y ella, y ahora dice que nos tenemos que ir de la casa por que le urge venderla, resumiendo nos quiere hecha por venganza.
    Le hemos pagado estos 5 meses la luz, agua, y comunidad. Aunque el contrato que tenemos con ella es verbal, esta reflejado mediante audios y whatsaaps que todo lo que aquí cuento es verdad.
    Me gustaría saber si puede echarnos a la calle antes de lo acordado teniendo una niña de 2 meses en casa, no tenemos a donde ir, y mi preocupación es que nos corte la luz y el agua. Que opciones tengo? Gracias.

  17. Rosi

    Mi ex pareja y yo nos separamos hace tres años y en su diae dijo que había que vender la casa que tenemos en común y creyéndole me busque un piso de alquiler y comencé la mudanza pero resulta que en el trascurso de ella un día me cambió la cerradura y ya no he podido entrar en mi casa ahora estoy pasando mala época y no puedo pagar el alquiler y la dueña del.piso me quiere echar,a todo esto mi ex se ha ido al extranjero y la casa está cerrada y sola mi pregunta es puedo cambiar la cerradura yo y volver a mi casa?

  18. francy mayoly sabogal medina

    buenos dias mi nombre es francy sabogal . resulta que yo vivia en una casa donde me atrase unos dias pata pagarl ariiendo yo le devia a el señor la suma de 300mil pesos que el me habia prestado . el arrioendo seme cumplio el dia 5 de diciembre pero yo no tenia el dinero pues el dia 8 de diciembre yo me fuy con mis6 hijo y los deje cuidando donde mi mama y me fuy a villeta a conseguir un trabajo. el dia 12 de diciembre mi hija de 15 años fue a buscar unos papeles y el señor ya habia echado candado y no nos dejo etrar.yo hable con el el 26 de diciembre y no me dejo nisiquiera sacar unos papeles que por que segun el lapregunto a un policia y el dijo que el estaba entodo el derecho de serrar ya que el predio era de el .hable con los inspesion de policia y me tuvieron del timbo al tambo estuve en la defensoria del pueblo y nada despues el señor me llama para que le saque las cosas queno le pague me dice,pero no eh tenido para donde sacar mis cosas ya que no tengo trabajo para pagar un arriendo. el me llama despues para decirme que como no le saco las cosas me las tuvo que sacar de el apartamento y meterlas en otro lugar. yo no se que hacer no se si lo que el señor hiso esta estimado por alguna ley o si por el contrario tengo algun derecho.quiero que me guien pues desde que el señor echo candado en el apartamento estoy con mis hijos deambulando d un lado a otro me a tocado quedarme en diferentes lados y ya nose que hacer . sin papeles no eh podido hacer nada de ya que estan los registros de mis hijos mis papeles para poder entrar a trabajar . si entodo trabajo piden referencias laborales y todo esta alla .tengo que llevar mi hitoria clinica pues tengo una diplacia serebral leve y tampoco me e podido poner en tratamiento yo agradeseria una guia o ayuda departe de ustedes mil gracias.

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola franco, lo siento pero solo atendemos consultas de derecho español

  19. esteban

    buenas tardes mi pregunta es la siguiente, hace unos meses mi hijo menor callo enfermo y tuve gastos extras, pues bien no pude pagar el piso durante dos meses, la propietaria me para en plena calle me habla de una forma irrespetuosa, viene a casa, llamadas por telefono etc, en fin el caso es que dice que mañana quiere que le entregue las llaves del piso por las buenas o por las malas, que puedo hacer. gracias un saludo

  20. Marta

    Buenas tardes, hace poco he adquirido una vivienda en la que reside una okupa ,que además tiene trabajo como funcionaria. Como ya sabia no puedo cortarle ni La Luz ni tampoco el agua,pero Podría poner un cepo en mi plaza de garaje?,sin que sea considerado coacción. Gracias.

  21. Claudia

    Hola, necesito que me aclaren una situación. He alquilado un piso en 09/2015, he puesto los sumimistros en mi nombre, y tengo todo pagado. Hasta la fecha de mayo de 2017, cuando vino a mi casa una persona de la inmobiliaria del banco que me ha dicho que el piso habia sido embargado desde junio de 2016 y ha dicho para que no pagara mas el alquiler a la persona que habia firmado el contrato porque ha casi 1 año el dueño era el banco, nos ha facilitado el nombre y teléfono de la persona de contacto para mayores informaciones, fuymos a la inmobiliaria y nos certificamos junto al registro de la vivienda y realmente el dueño es el banco, porém la persona insiste en dicir que el piso es de él y amenaza cortar los suministros (que están en mi nombre), porque hace 2 meses que no pago a él el alquiler, pues voy a firmar outro contrato con opción a compra con el banco. Mi pregunta es ¿el ex-propietario tiene derecho de acosarme y amenazarme de cortar los suministros (que estan en mi nombre),sendo que he pagado (tengo todos los recibos) a él 1 año de alquiler no siendo él mas el dueño de piso?

  22. Laia

    Buenas tardes, hace 5/6 meses aproximadamente deje un piso de alquiler, todo correcto porque la inmobiliaria me devolvió la fianza y firmemos el fin de contrato.

    Ahora casi medio año más tarde me llega un recibo de Endesa de 140€ del piso que ya no vivo, como indico firme con la inmobiliaria el fin de contrato hace casi medio año.
    Devolví el recibo porque yo ya no tengo nada que ver con ese piso, y entonces al estar aún los suministros a mi nombre y mi número de cuenta en ese piso pues decidí dar de baja los suministros
    Ya que me parece fuerte que en medio año la inmobiliaria no haya echo el cambio de titular ni de cuenta bancaria.
    Me llama la administradora de la inmobiliaria diciendo que me va a denunciar por dar de baja los suministros o sino quiere que me denuncie tengo que volver a pagar el alta del suministro.

    Mi pregunta es , si me denuncia tengo las de perder? Yo creo q hice lo correcto porque como indico hace medio año firme el fin de contrato. Estoy asustada porque al ser una inmobiliaria tendrán abogados pero pienso que hice lo correcto.
    Me podéis aconsejar?

  23. Alba

    Hola,en diciembre compré un pico con mi pareja,en el que ella vivia con su madre de alquiler,todo a nombre de mi pareja y mi suegra ni siquiera esta empadrinada,antes de comprarlo le dijimos a mi suegra que se tendria que marchar,se ha ido haciendo la loca hasta ahora que ya no podemos mas,no quiere buscar nada y dice que no se va a marchar.Puedo cambiar la cerradura sin que tenga repercusiones legales? El piso esta a mi nombre y al de mi pareja todo a medias y no se me ocurre otra solucion para que no pueda entrar en casa más. Un saludo y muchas gracias

  24. Kiko Mad

    Hola.El arrendatario me ha cortado la luz sin previo aviso.Se limitó a pegar en mi puerta: ” Lamentamos comunicar que existe una avería eléctrica en esta vivienda.Póngase en contacto con la propiedad” …4 minutos después desconectó el interruptor desde el cuadro eléctrico que,obviamente está bajo llave.Llevo casi tres semanas sin luz.Añadir que son dos recibos de luz impagados que ambos suman 125€. Hace 18 años que vivo aquí.Actualmente y lamentablemente estoy enfermo con fuerte medicación y vivo solo.Siempre he pagado y esta vez no iba a ser diferente,salvo que por la jugarreta de la supuesta avería que unido a otras reparaciones pendientes,me planto y no pago hasta que vuelva la luz.Ya me ha costado ir a urgencias con un ataque de ansiedad ( pero antes “partió que doblao”) Ayer vino con un supuesto técnico para revisar la instalación de dentro de la vivienda a lo que me he negado y la respuesta suya fué que me demandará y en 4 meses a la calle. Aún en el supuesto (que no) que la avería fuera cierta creo que estarían obligados,al menos a ofrecer una solución provisional (un cable desde el cuadro eléctrico o de otra habitación). Lo de simular una avería podría ” bordear” la ley y así poder coaccionar impunemente e incluso hacerme quedar como moroso.En fin,al menos el bokata a la luz de las velas queda romántico. Saludos 🙂

    • Inmaculada Castillo

      Hola Kiko,

      Lamento la situación. Mi recomendación sería que te pusieras en contacto con un abogado de tu ciudad para que pueda valorar tu caso e indicarte la mejor forma de proceder para poder solventar todo y mantenerte en tu vivienda, ya que tendría mala sombra que viviendo 18 años en el mismo inmueble sin problema alguno, ahora tuvieras que salir y además como tú indicas pareciendo que ha sido por causas achacables a ti.

      Igualmente, puedes ponerte en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, para que te indique su valoración al respecto.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  25. karmen

    he vuelto de vacaciones y la propietaria k es mi cuñada me ha cambiado la cerradura …k debo hacer?

  26. Jesus Manuel

    Mi padre murió y me dejo la casa con los terrenos cultivables y un tercio de la represa, como mi madre vive aún solo tengo la mitad de todo pero, ella, disfruta del usufructo. Por eso no puedo vivir en ella pero si visitarla.
    El problema es que mi hermana en combinación con la cuidadora cambiaron las dos cerraduras que dan entrada a la casa, sin notificarme ni darme llave alguna.
    Entonces que puedo hacer:

    Denuncio a la guardia civil, a la policía municipal. Como a mi me dejaron la casa aunque sea al mitad, ¿Solo yo debo de tener la llave?. Las dos hermanas que tengo tienen un tercio del total que me dejó mi padre, en este caso y mientras mi madre viva será un tercio de mi mitad. Así como yo tengo un tercio de lo que le dejaron a ellas.

  27. entre2mundos

    Buenas tardes (por decir algo), al fallecer mi padre mi médico me aconsejó vivir sólo en el chalet (propiedad de mi padre 50% y mi madre 50%) porque mi propia familia me tenia y tuvo esclavizado 1 año sin darme ni para comer. Ahí todos teniamos llave del chalet.
    En Octubre de 2014 se vino mi hermana mayor al chalet(tras intentar estrangular ella a mi otra hermana en la vivienda habitual) y tanto ella como mi madre me dijeron que moviera mis cosas a la cochera (independiente en el chalet) que lo que estorbara lo tiraba. Yo entre la gripe y obviamente por evitar que me hiciera algo estuve en el piso de mi pareja una semana, y a la semana siguiente cuando voy a ir al chalet a por cosas me encuentro la cerradura cambiada, y tengo ademas conversaciones de Whatsapp donde reconocen cambiarmela para impedirme el acceso a la vivienda. Con ello vuelvo a caer en la depresión y me pone una denuncia falsa que ella huía de mi, cuando tengo conversaciones con diferentes personas que muestran qlo contrario, y si huyera de mi, no se hubiera ido alli a vivir conmigo.

    Total mas de dos años impidiendome el acceso a la vivienda y yo fatal con depresión e intentan también echarme del domicilio habitual, el cual necesito ayuda por otra duda;

    esta vivienda habitual estaba al 100% nombre de mi padre que no queria ponerlo a nombre tambien de mi madre, (aunque se casaron por gananciales creo) pero desde que falleció hicieron y deshicieron con toda la herencia y negocio lo que quisieron y además se quedaron con todo, inclusive dinero del banco a nombre de mi padre, coches, etc.

    ¿Qué hacer? Necesito poder volver a disfrutar del chalet para recuperarme de la depresión y no sé que parte me corresponde de la vivienda habitual que estaba exclusivamente a nombre de mi padre.
    Por otra parte tengo un procedimiento abierto de reclamación de bienes hereditarios donde el abogado de justicia gratuita asignado se la suda todo, pasa de mi,no me aclara estas dudas y partes de la herencia que reclamo ahora dice q no proceden presentarlas, aparte me han aceptado otra denuncia que he puesto reciente para iniciar un procedimiento penal por todos los malos tratos hacia mi y amenazas, y como he leido por ahi no quisiera que el chalet saliera a subasta con todo porque me hundiría del todo. Ayuda por favor

  28. Lourdes

    Estoy alquilada en el piso q me compro el propio banco do.de tenia la hipoteca. E.desa a cortado la luz x una deuda q tenia el piso y el banco no ha arreglado la situacion . Llevo un mes sin luz. Que responsabilidad tendria el banco

  29. Miriam

    Mi contrato de alquiler cumplía el 29/6/16 ,ya habíamos decidido ambas partes renovarlo por otros 6 meses mas,y el día 10/7 me llama y me dice que tiene que venir aquí a vivir. Intento llegar a un acuerdo con ella y me dice que no,que me da 1 semana para dejar el piso. Hoy me ha cortado el agua,entró en el local de abajo de la casa con un fontanero y algo hizo para dejarme sin agua. Tengo una hija pequeña conmigo,como debo actuar ahora?

  30. Antonia

    Buenos dias, tengo mi piso alquilado y la inquilina lleva 3 meses sin pagarme. Cuando firmamos el contrato, yo le pedi sus datos bancarios para domiciliarle la luz y el agua, pero no pude cambiar el titular de la luz por un problema en el contador y el agua, por estar a nombre de mi padre ya fallecido. Yo vivo tambien en un piso de alquiler, y los recibos están a nombre de los dueños pero los pago yo en la cuenta del banco, al domiciliarlos. Bueno, resulta que la inquilina ha devuelto dos veces el recibo de la luz, y me dice que se niega a pagarlos, porque no le da la gana, al igual que no me paga el alquiler. El recibo ya esta en aviso de pago y la compañia me ha dicho que le cortaran en breve la luz. Yo estoy desempleada y mi marido de baja medica, y seguramente necesitemos el piso alquilado, ya que no vamos a poder pagar hipoteca y alquiler, por lo que le hice un contrato de 6 meses para que mi hija, en edad escolar, no perdiera el curso y mudarnos en verano. Bueno, ella me dice que es ilegal y que nadie la va a echar de alli por tener hijos menores. Yo tambien tengo una hija menor y no tengo mas propiedad que esa, de la que pago hipoteca. Bueno, la duda que tengo es si me puede denunciar por corte de luz?? Yo no llego a fin de mes con todos los gastos y ademas ella me dio su cuenta para domiciliarle los recibos.
    Un cordial saludo.
    Estoy desesperada,,,por hacerle un favor, ya que estaba sin luz y agua en otro piso, me estoy viendo contra la espada y la pared.

  31. vicente

    Mi ex pareja decidio que debiamos dejar nuestra relacion el jueves de la semana pasada. Al dia siguiente se marcho de casa por la mañana y dio de baja la luz y el agua dejandome sin suministro de luz 6 dias y sin agua hasta el lunes siguiente. Los contratos estaban a su nombre.Tambien paso por la agencia inmobiliaria pidiendo que le hicieran un documento como que ya no vivia aqui y entrego las llaves en una sucursal de Madrid. A 500 km de mi domicilio. Que debo de hacer?

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola vicente:
      1.- Debes hablar con el arrendador y comunicarle (si te interesa) que como pareja que eras del inquilino, vas a seguir en el arrendamiento, pagando claro está la misma renta y dándote de alta en los suministros.
      2.- En cuanto a si los hechos de darse de baja de luz y agua pueden ser constitutivos de algun delito, tengo mism dudas, puesto que lo que ha hecho ha sido darse de baja en aquellos contrato de los que él era solo titular.
      Un saludo

  32. Andre

    Buenas yo vivía con mi exnovia en un piso que compramos, sus padres son avalistas. Ella decidió irse tras una pelea y ahora viene cuando quiere y se lleva lo que quiere. Puedo cambiar la cerradura si voy a la comisaría y pido un papel donde diga que en ese piso vivo yo solo

    • Inmaculada Castillo

      Hola André,

      No debes de cambiar la cerradura, ya que el piso también es propiedad de ella, y no existe ninguna resolución que diga que el uso lo tienes tu. Puedes ponerte en contacto con nosotros y valorar las diferentes opciones de cómo proceder.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  33. Sunny

    Hola. Comento el siguiente caso de cambio de cerradura. Mi ex-pareja y yo tenemos un piso en el que nunca llegamos a convivir, mi pareja me propuso que le cediera el uso pero yo no lo acepté. Entonces él cambió la cerradura y se metió a vivir con su nueva pareja y yo he presentado una querella. El piso estaba sin habitar por ninguno de los dos hasta que él hizo esto, aunque creo que quiere alegar que él ya vivía allí. ¿Existen posibilidades de que el juez admita la coacción, sería grave o leve?¿Tendré derecho a que se me entreguen llaves y hacer uso de esa vivienda?

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