
El registro de la propiedad
Los Registros de la Propiedad de España dependen del Ministerio de Justicia. Todos los asuntos referentes a ellos están encomendados a la Dirección General de los Registros y del Notariado de la totalidad del territorio español, que está dividido en circunscripciones, denominados Distritos Hipotecarios. A cada Distrito Hipotecario le corresponde un Registro de la Propiedad, a cargo de un Registrador, perteneciente al cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España. La totalidad de los Registradores de España se integran en el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España. Corresponde a los Registradores la llevanza de los siguientes Registros:
- Registros de la Propiedad de Bienes Inmuebles, denominados genéricamente Registros de la Propiedad.
- Registros de la Propiedad de Bienes Muebles
- Registros Mercantiles
- Registro de Condiciones Generales de la Contratación
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Este vídeo pertenece a una colección, promovida por el Consejo General y divulgada por el Colegio de Madrid, en la que se recogen cuestiones prácticas e ideas fundamentales sobre la vivienda, los alquileresy las Comunidades de propietarios.
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