Acuerdos judiciales de suspensión del procedimiento hipotecario

Juzgados especializados en cláusulas suelo

El Consejo General del Poder Judicial pone en marcha un plan para nombrar  en cada provincia Juzgados especializados en cláusulas suelo.

Nombrar Juzgados especializados en cláusulas suelo que conozcan de las demandas que se planteen como consecuencia de la “presumible avalancha” que se espera como consecuencia de la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que declaró la devolución de la totalidad de las cantidades cobradas de más por los Bancos, es la urgente respuesta que acaba de dar el Organo Supremo de los Jueces en un reciente comunicado.

 

ADVERTENCIA:

Se ha publicado en el BOE de 27.05.2017 la designación de los Juzgados que en cada provincia se van a ocupar de resolver los litigios sobre cláusulas suelo, intereses moratorios, vencimiento anticipado, etc., es decir sobre aquellas condiciones generales de contratación que se consideren abusivas en los préstamos hipotecarios suscrito por personas físicas.

Estos Juzgados empezarán a funcionar con estas competencias el 1 de junio de 2017.

Ver la relación de Juzgados que han sido designados PINCHANDO AQUÍ.

¿ Por qué se quiere nombrar en cada provincia uno o más Juzgados especializados en cláusulas suelo ?

Según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), las razones son:

1ª.- El órgano de gobierno de los jueces entiende que aunque el Real Decreto-ley 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo solucionará por vía extrajudicial parte de los conflictos que se planteen, puede producirse un importante incremento de demandas derivados de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que se unirían a las que ya se tramitan en los Juzgados de Primera Instancia sobre condiciones generales de la contratación y protección de consumidores y usuarios.

 

2ª.-  Un reparto masivo de este tipo de litigios a todos los órganos judiciales de la primera instancia civil podría llegar a comprometer la capacidad de éstos para dar salida al resto de los asuntos de otra naturaleza, por lo que el CGPJ cree necesaria la adopción de medidas con carácter urgente y anticipándose a la previsible entrada masiva de demandas, de forma que en el momento del registro y reparto de las mismas ya estén establecidos los cauces para su atribución a unos órganos judiciales concretos.Juzgados especializados en cláusulas suelo

 

3ª.-  La solución que contempla el Consejo General del Poder Judicial consiste en la especialización de un Juzgado de Primera Instancia en cada provincia, con competencia extendida a todo el territorio de la misma, que de manera exclusiva y no excluyente conozca de la materia relativa a las acciones individuales previstas en la legislación de condiciones generales de la contratación y la protección de consumidores y usuarios.

 

4ª.-  La especialización se haría al amparo del artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que el CGPJ “podrá acordar de manera excepcional y por el tiempo que se determine, con informe favorable del Ministerio de Justicia, oída la Sala de Gobierno y, en su caso, la Comunidad Autónoma con competencias en materia de Justicia, que uno o varios Juzgados de la misma provincia y del mismo orden jurisdiccional asuman el conocimiento de determinadas clases o materias de asuntos (…)”

 

5ª.-  La decisión sobre qué Juzgados serán especializados se tomaría en estrecha colaboración con los Tribunales Superiores de Justicia –cuyos presidentes han sido convocados a una reunión el próximo día 15 para estudiar el plan- y con las Juntas Sectoriales de jueces y magistrados, para lo que el día 21 se mantendrá otro encuentro con los jueces decanos. La propuesta es especializar aquellos órganos que se ofrezcan voluntariamente y, en caso de ausencia de voluntarios o de que haya varios en la misma provincia, elegir al Juzgado que se encuentre en mejor situación.

 

6ª.-  La competencia territorial, que se extendería a toda la provincia, permitiría dar una respuesta idéntica en tiempo y contenido a todos los ciudadanos, con independencia de la localidad en la que residan.

 

¿ Cuándo se pondrían en marcha los Juzgados especializados en cláusulas suelo ?

El CGPJ considera que el plan debería ponerse en marcha el próximo 1 de junio, de modo que los Juzgados especializados puedan asumir las demandas que se produzcan una vez concluidos los cuatro meses que suman los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 1/2017 para que las entidades de crédito adopten las medidas necesarias para dar cumplimiento a sus previsiones y para que el consumidor y la entidad lleguen a un acuerdo o se tenga por concluido el procedimiento extrajudicial.

Inmaculada Castillo

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados