Más cosas que debe saber sobre la prestación por desempleo

Cada día son más las personas, nacionales y extranjeras, que pasan a engrosar las filas del paro, y empiezan a cobrar su prestación por desempleo.  Así en Mundojuridico.info planteamos algunas cuestiones que debe saber sobre la prestación por desempleo:

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1.- Estoy cobrando el paro y el médico me da de baja por enfermedad o por maternidad/paternidad, ¿Qué pasa?

Una baja por enfermedad no afecta al cobro del paro. Tendría que presentar los partes de baja y de alta de su médico ante la oficina de empleo, al igual que lo haría en la empresa si estuviera trabajando.

En la baja por  maternidad o paternidad, el paro sí se interrumpe, ya que quedaría sustituido por la prestación por baja maternal que le corresponda, y que abona el INSS, y se reanudaría cuando este periodo termine.

2. ¿Puedo cobrar mi prestación de una vez si quiero montar un negocio?

Si tiene intención de crear un negocio o iniciar una actividad profesional, puede cobrar la prestación en un sólo pago (hasta el 60% del total) para hacer frente a los gastos iniciales del negocio.

El 40% pendiente sólo podría cobrarlo, bien para la subvención de cuotas a la Seguridad Social, bien para la nueva actividad  o cuando cese en el trabajo por cuenta propia y formule solicitud de reanudación de la prestación.

El límite del pago único será del 80% para los desempleados varones de hasta 30 años y mujeres de hasta 35.

3.- ¿Si se tienen dos empleos y se pierde uno se podría pedir el paro?

Debemos de contestar que depende. Si el trabajo que se mantiene es a jornada completa, no se tiene derecho a paro. Sin embargo, si el trabajo que le queda es a tiempo parcial, entonces puede percibir el desempleo por la parte proporcional que le quede hasta llegar al equivalente a una prestación por un trabajo a jornada completa.

4.-¿Qué pasa si mientras estoy en paro encuentro un trabajo temporal?

Debe comunicar al SPEE el nuevo trabajo y, cuando lo termine, solicitar la reanudación de la prestación por desempleo de la misma manera que lo hiciera inicialmente, en el caso de que le corresponda.

Si el trabajo supone una interrupción del desempleo inferior a 12 meses (24 meses en caso de empleo autónomo), la prestación puede quedar suspendida mientras trabaje, para reanudarse con posterioridad. En caso de encontrar un empleo a tiempo parcial, se puede seguir cobrando el paro, pero el importe se reducirá de forma proporcional a la jornada del nuevo trabajo.

5.-¿Qué pasa si no he renovado mi demanda de empleo mientras estoy cobrando el paro?

La primera vez que ocurra puede ser sancionado con la pérdida de un mes de prestación, siempre que el motivo no esté justificado. En cualquier caso, si se repite, pueden llegar a extinguirla.

Desde Mundojuridico.info, le recomendamos que ante cualquier cuestión, no dude en ponerse en contacto con nosotros o bien con sus abogados en Granada o lugar de residencia.

Inmaculada Castillo
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