Presentación de la Declaración de la Renta de 2016

Te explicamos en este artículo y brevemente, la forma normativa y plazos de presentación de la Declaración de la Renta de 2016.-

La campaña de la presentación de la Declaración de la  Renta de 2016 comenzará el próximo 5 de abril de 2017 por vía telemática y el 11 de mayo para la presencial.

El plazo finaliza el día 30 de junio y la  principal novedad es que desaparece definitivamente el programa Padre.

Están obligados a declarar quienes hayan ingresado al menos 22.000 euros (de un solo pagador).

Las fórmulas para hacer la declaración siguen siendo las habituales: presencial, Internet, teléfono y en el banco o caja.

Normativa Presentación de la Declaración de la Renta 2016.-

La Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo, publicada en el BOE el 23-03-17, es la que normativa que viene a regular todo lo referente a la presentación, procedimiento, y condiciones  de la Declaración de la Renta  de 2016, así como la que  aprueba los nuevos modelos de declaración de IRPF y de IP para el ejercicio 2016.

Plazos de presentación de la Declaración de la renta 2016.-

Fechas a las que debemos estar pendientes:

  • 05.04.2016: Inicio servicios telemáticos borrador/declaración. Información Teléfono Renta
  • 04.05.2016:Inicio Servicio de Cita Previa
  • 11.05.2016: Inicio de Atención Presencial ( confección/modificación y presentación borradores/declaraciones) en oficinas
  • 26.06.17 Fecha límite domiciliación bancaria
  • 29.06.17 Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas
  • 30.06.17 última día Campaña Renta 2016

Presentación de la Declaración de la Renta de 2016.-

Las fórmulas para hacer la declaración siguen siendo las habituales: presencial, Internet, teléfono y en el banco o caja. El gran cambio de este año es que desaparece el programa PADRE para cumplimentar la declaración.

Presentación de la Declaración de la Renta de 2016 por internet.-

Por segundo año, los contribuyentes dispondrán del sistema  ‘Renta web’, que se generaliza ya para todos los declarantes y que viene a sustituir al Programa Padre y al borrador del IRPF, ya que se trata de una mezcla de ambos.

Al sistema ‘Renta web’ , que estará opertaivo a partir del día 5 de abril, se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración, como venía siendo el borrador

Para acceder, el contribuyente se debe de identificar de igual manera que se venía haciendo hasta ahora, certificados electrónicos reconocidos; el sistema «Cl@ve PIN»; o consignando el Número de Identificación Fiscal (NIF) del obligado tributario u obligados tributarios y el número de referencia del borrador o de los datos fiscales.

Una vez dentro, se informará de la posible existencia de diferencias entre los datos de la última declaración y los existentes en el momento, y tendrán que validarse los datos identificativos.

Una vez presentada y aceptada la declaración, si es por Internet o teléfono, el contribuyente recibirá un código de 16 cifras que incluirá la fecha y hora de la presentación, y que sirve de justificante.

Una vez finalizado el proceso, el declarante sólo necesitará finalizar la gestión de ingreso o devolución.

Presentación de la Declaración de la Renta de 2016 presencialmente.-

El contribuyente también puede pedir que la propia Agencia Tributaria le haga la declaración en sus oficinas. Para ello es preciso concertar una cita previa, las cuales podrán solicitarse a partir del 4 de mayo y  siendo las citas para fechas del 11 de ese mes en adelante.

Tramitar el borrador de la Declaración de la Renta de 2016 por teléfono.-

Los contribuyentes también pueden tramitar el borrador por teléfono, en el número de asistencia 901 200 345 o 91 535 68 13. Solo es posible hacerlo quien aquellos contribuyentes con rentas más habituales (nómina, intereses y vivienda en propiedad). El servicio estará operativo a partir del 5 de junio.

Otras ayudas para la Declaración de la Renta DE 2016.-

Hay, también, servicios de asistencia telefónica de la Agencia Tributaria, uno en el que el contribuyente llama sin cita previa , y que estará operativo a partir del 5 de abril y otro en el que el contribuyente solicita una cita previa telefónica y que estará en funcionamiento a partir de mediados de mayo.

También se puede confirmar el borrador en oficinas, cajeros automáticos o servicios de banca electrónica o telefónica de las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria.

Inmaculada Castillo
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