Qué cantidad y por cúanto tiempo se recibe la prestación por desempleo

Qué cantidad y por cuánto tiempo se recibe la prestación por desempleo

Cada día son más las personas, nacionales y extranjeras, que pasan a engrosar las filas del paro, y tienen dudas respecto a qué cantidad van a recibir por la prestación por desempleo, y por cuánto tiempo.

Para calcular durante cuánto tiempo se cobrará la prestación por desempleo, así como su importe, se tiene en cuenta la cotización acumulada de los últimos seis años trabajados.

Respecto a la cuantía, el importe que se cobre se calcula en función de la base de cotización por accidente de trabajo, enfermedad profesional o desempleo de los últimos 180 días de ocupación. De la cuantía que resulte, se cobrará el 70% durante los primeros seis meses y el 60% durante el resto de la prestación.

En cualquier caso, debemos de tener en cuenta que para el cálculo de la cuantía final también influye que el desempleado tenga o no hijos menores a su cargo.

La ley establece para 2012 una prestación mínima de 497 euros mensuales, que ascienden a 664,74 euros si se tienen hijos menores. En cuanto a la prestación máxima, sería de 1.087,20 euros al mes sin hijos, 1.242,52 euros con un hijo, y 1.397,83 con dos o más hijos.

Mucha gente se pregunta, la cuantía que le corresponde de paro si su trabajo era a tiempo parcial. En estos casos, la prestación se calcula en función de las cotizaciones reales por las horas trabajadas, aplicando el porcentaje que corresponda con los límites indicados al principio. Sólo se incrementaría al 100% de la prestación si la reducción de jornada se debe a algunos de los siguientes supuestos:

  •  nacimiento por hijo prematuro u hospitalización después del parto,
  • guarda legal de un menor de 8 años,
  • cuidado de un familiar
  • por motivos de violencia de género.

Debemos de tener en cuenta que mientras se está en paro el Servicio Público de Empleo Estatal cotiza por el parado en la misma base de cotización que tuviera antes de pasar al desempleo. A todos los efectos, el desempleado tiene los mismos derechos de asistencia de la Seguridad Social que cuando estaba trabajando.

Igualmente las prestaciones por desempleo se declaran como rendimiento del trabajo. No obstante, están exentas las prestaciones por desempleo hasta determinada cuantía que se reciben en pago único.

Por ello, se debe de tener en cuenta que a esas cuantías máximas y mínimas a las que nos referíamos hay que descontarle la cuota del trabajador a la Seguridad Social y la retención a cuenta del IRPF que pudiera corresponderle, con lo que la cuantía neta que percibe el trabajador  va a ser algo inferior.

Inmaculada Castillo
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