Qué es el Impuesto sobre Sociedades

Qué es el Impuesto sobre Sociedades

Qué es el Impuesto sobre Sociedades, su periodo impositivo y el devengo

¿Qué es el impuesto sobre Sociedades y cual es su periodo impositivo y el devengo?

Cuando una persona física obtiene rentas, el impuesto directo que el sistema tributario español establece para gravar esas rentas, es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Sin embargo, cuando quien obtiene dichas rentas es una persona jurídica (sociedad, asociación, fundación, etc.), o un ente sin personalidad jurídica (fondo de inversión, UTE., fondo de pensiones, etc.), el Impuesto establecido para salvaguardar la obligación constitucional de contribuir con el Estado, es por medio del Impuesto sobre Sociedades.

Hoy veremos qué es el Impuesto sobre Sociedades, su periodo impositivo, así como, el devengo del mismo.

En este sentido el Impuesto sobre Sociedades constituye un complemento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el marco de un sistema tributario sobre la renta.

Así podemos definir el Impuesto sobre Sociedades, como un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. Es directo, porque grava la renta como manifestación directa de la capacidad económica del sujeto pasivo y de naturaleza personal, porque tiene en cuenta determinadas circunstancias particulares de cada contribuyente a la hora de concretar la cuantía de la prestación tributaria que está obligado a satisfacer.

El período impositivo, al cual se ha de referir la declaración del Impuesto sobre Sociedades, coincide con el ejercicio económico de cada entidad, que normalmente, coincide con el año natural, aunque se puede establecer un ejercicio económico no coincidente con el año natural (por ejemplo dos ejercicios de seis meses cada uno, en ese caso, los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades deberán presentar una declaración independiente por cada período impositivo), no obstante, en ningún caso, el período impositivo puede exceder de doce meses.

En cuanto al devengo del impuesto respecta, es decir, el nacimiento de la obligación a contribuir, el Impuesto sobre Sociedades, siempre se devenga el último día del período impositivo de cada contribuyente.

En cuanto al plazo de presentación de la declaración, a diferencia de lo que sucede con el resto de Impuestos, la declaración del Impuesto sobre Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, sino que cada sujeto pasivo tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período impositivo.

La presentación del Impuesto sobre Sociedades, deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

Por consiguiente, como regla general, cuando se trate de sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de declaraciones queda fijado en los veinticinco primeros días naturales del mes de julio.

Cristina C. González

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados