Quejas ante la figura del Defensor del Pueblo.
Con este artículo pretendemos dar a conocer la figura del Defensor del Pueblo, ya que realmente ni se conoce realmente esta figura ni lo que puede hacer por nosotros. Por ello, y especialmente con los tiempos de crispación e impotencia que muchos ciudadanos sienten ante situaciones que están viviendo, consideramos de interés su publicación.
El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas.
El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.
El Defensor del Pueblo da cuenta de su gestión a las Cortes Generales en un informe anual y puede presentar informes monográficos sobre asuntos que considere graves, urgentes o que requieran especial atención.
Tras la ratificación por el Estado español del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptado por la Asamblea de las Naciones Unidas en Nueva York el 18 de diciembre de 2002, las Cortes Generales atribuyeron al Defensor del Pueblo las funciones de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) en noviembre de 2009.
El Defensor del Pueblo, en su condición de MNP, realiza visitas preventivas a cualquier centro de privación de libertad destinadas a detectar problemas que pudieran favorecer la comisión de prácticas de tortura o malos tratos. Las conclusiones de estas visitas quedan reflejadas en el informe que cada año presenta a las Cortes Generales y al Subcomité para la Prevención de la Tortura de Naciones Unidas, con sede en Ginebra.
La Defensora del Pueblo está auxiliada por dos Adjuntos, en los que puede delegar sus funciones.
Actualmente la Defensora del Pueblo español es Soledad Becerril Bustamante. Es la primera mujer elegida Defensora del Pueblo al ser aprobado su nombramiento por los plenos del Congreso y del Senado los días 17 y 18 de julio de 2012. Tomó posesión de su cargo el día 23 del mismo mes.
En España conforme se ha ido desarrollando el Estado democrático y social, las Comunidades Autónomas han ido creando figuras análogas al Defensor del Pueblo cuyo ámbito de actuación queda relegado a la propia Comunidad Autónoma. Sin embargo estas figuras, conocidas como “el Defensor del Pueblo de esa Comunidad Autónoma”, tienen la obligación de cooperar y coordinarse con el Defensor del Pueblo español en sus investigaciones dado que éste puede solicitar su colaboración.
¿Quién puede quejarse ante el Defensor del Pueblo?
Cualquier ciudadano, español o extranjero, independientemente de su edad o de su situación legal en España puede acudir al Defensor del Pueblo. Residir fuera de España, estar incapacitado legalmente o estar internado en un centro penitenciario o de reclusión no son impedimentos para dirigirse al Defensor del Pueblo. También puede presentar una queja una asociación o cualquier otra persona jurídica.
Dirigirse al Defensor del Pueblo no tiene ningún coste para el ciudadano y para presentar su queja no necesitas ni abogado ni procurador.
El Defensor del Pueblo estudia y contesta todas las quejas que recibe. Con cada queja que recibe se abre un expediente. Por eso, una vez presentada una queja se recibe un acuse de recibo con el número de expediente de su caso. En un breve periodo de tiempo se responde si le pueden ayudar o si por el contrario, el problema que se ha expuesto no entra dentro de sus competencias. (VER: ¿Cómo presentar una queja ante el Defensor del Pueblo?)
Si de una queja se desprende una presunta irregularidad, el Defensor del Pueblo actuará ante la administración competente para obtener información sobre el caso y proponer soluciones.
Durante todo el proceso, le mantendrá informado de los avances de la investigación y de las respuestas recibidas de la Administración. El tiempo de resolución de una queja depende de la rapidez con la que responden las administraciones. Hay investigaciones que se solucionan muy rápidamente y en otras el tiempo es mayor.
Una vez concluida la investigación, le comunicarán las conclusiones correspondientes.
Si quiere ponerse en contacto con el Defensor del Pueblo Español puedo hacerlo de mediante:
Vía telefónica
1.-Teléfono gratuito: 900 101 025
2.-Teléfono 24 horas: 91 432 79 00
Mediante carta
Calle Zurbano, 42
28010 Madrid
Correo electrónico
registro@defensordelpueblo.es
Fuente: web del Defensor del Pueblo español
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Tengo mis derechos fundamentales para vivir bien la vida fuera del hospital psiquiátrico de San Juan de dios de la unidad 06 de San rafael y pido que me den el alta en inmediato junto ha todas mis pertenencia.
Un saludo