Requisitos para el visado de turismo

Requisitos para el visado de turismo

Los requisitos para el visado de turismo, el procedimiento y condiciones de expedición está recogidos en un Reglamento comunitario

Los requisitos para el visado de turismo, el procedimiento y condiciones para la expedición de estos visados se encuentran recogidos en el Reglamento (CE) Nº 810/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece un Código Comunitario sobre visados.

Los requisitos necesarios deberán consultarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular donde se solicite el visado ya que pueden variar según el motivo del viaje y el país de origen del solicitante.

En cualquier caso, os dejamos los requisitos generales exigidos para la expedición del visado de turismo.

La solicitud de visado ( visado de corta duración o Schengen) debe presentarse mediante un impreso de solicitud debidamente cumplimentado (original y copia), que es facilitado gratuitamente en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

El visado se debe solicitar personalmente o a través de representante debidamente acreditado en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida legalmente el solicitante. En caso de que nos encontremos en un país en que no exista, podrá solicitarse en la Misión Diplomática u Oficina Consular que represente a España en dicho país.

En el momento de presentar la solicitud de visado debe abonarse la tasa establecida ( consultar en el Consulado o en su web el importe de la misma). El pago de la Tasa es por realizar la solicitud, por lo que si ésta es denegada no se devolverá su importe. Si bien, a veces corresponde una reducción de la cantidad o incluso la exención de su pago.

La documentación que de manera genérica se exige es la siguiente:

1.-Comprobante original de haber consignado la tasa de visado.

2.-4 impresos de solicitud de visado Schengen

3.- 4 fotografías 3×4 fondo blanco pegadas en cada impreso.

4.-Pasaporte, con vigencia mínima de 180 días y fotocopia de la hoja donde aparece la fotografía y hojas donde pudiera haber cualquier rectificación de datos.

5.-Reserva aérea indicando las fechas e itinerario del viaje.

6.-Alojamiento (original y fotocopia) en el Estado o Estados Schengen destino/s del viaje (Reserva hotelera, Carta de Invitación expedida por la Policía Nacional de España, etc.).

7.-Seguro médico (original y fotocopia) que cubra todos los gastos de asistencia médica o atención hospitalario durante toda su estancia, así como gastos de repatriación si fuera necesaria. Este seguro debe ser válido para todo el territorio Schengen, y con una cobertura mínima de 30.000 euros.

8.-Justificar los medios de vida con los que cuenta en su país, profesión, justificar el tiempo de trabajo y de vacaciones de las que dispone.  En definitiva, lo que se pretende es que se acredite las obligaciones laborales con la que cuenta el solicitante, y sus medios económicos en su país. Esto último se puede acreditar mediante extractos bancarios de los tres últimos meses, con saldos y cupo disponible. Certificados de depósito,  depósitos Fiduciarios o de Ahorros a la vista, etc.

Si es pensionista, puede ser que le exijan resolución de concesión de pensión y comprobantes de pago de, al menos,  las 3 últimos meses.

Si el solicitante es autónomo, le exigirán que justifique ese extremo con los documentos que existan en su país para poder acreditarlo como por ejemplo, certificado actualizado de la cámara de comercio, declaración de renta del último año fiscal,  3 últimos pagos al seguro social…

Si quien solicita un visado es estudiante, se le va a exigir que acredite tal extremo con un  certificado del centro educativo, en el que se indique los estudios que está cursando y el período de vacaciones del que dispone (si el estudiante no está en vacaciones, deberá incluir el tiempo de licencia concedido).

9.-Acreditación de recursos económicos suficientes para su estancia en España, mediante por ejemplo: Cheques de viajero a cargo del solicitante, Tarjeta de Crédito..

10.- Justificar el motivo del viaje. Es decir, si vamos a viajar para la visita a un familiar, por turismo, por motivos de trabajo, estudios…

Si quien va a viajar es un menor deber aportar registro de nacimiento apostillado y permisos apostillados, de la madre y del padre, para salir del país (original y fotocopia).

La solicitud deberá ser presentada por sus padres o representante legal debidamente acreditado mediante poder notarial.

 En el caso de menores que no viajen con sus padres o que sus padres no financien su viaje y estancia en España, es necesario el informe previo de de la Subdelegación o Delegación del Gobierno en la ciudad de España que sea destino del viaje

El plazo máximo para resolver los expedientes de solicitud de visado de corta duración (Schengen) es de 15 días naturales a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 o excepcionalmente a 60 días naturales en casos concretos, especialmente cuando sea necesario realizar un examen más detallado de la solicitud o se precise de documentación adicional.

Cuando se resuelva favorablemente la concesión del visado, se deberá recoger personalmente en la Misión Diplomática u Oficina Consular competente, aunque se admite la posibilidad de recogerlo mediante representante debidamente autorizado, y siempre  en el plazo de un mes desde que se notifica  la concesión del mismo.

En caso de denegación del visado, se notificará al solicitante mediante un impreso normalizado en el que SIEMPRE se tiene que indicar de manera concreta la causa o causas de la denegación. En ese caso, se podrá presentar un recurso de reposición ante la misma Misión Diplomática u Oficina Consular en el plazo de un mes desde la fecha de notificación de la denegación, o un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación. Igualmente se puede optar por interponer el Recurso de reposición y si éste es denegado interponer seguidamente el Recurso contencioso.

Inmaculada Castillo
Últimas entradas de Inmaculada Castillo (ver todo)

Comentarios

  1. ¿importa ?

    Entiendo como ciudadano Europero, que tratemos de preserbar la entrada de aquellos que no sean carga social y económica. Pero lo que no entiendo es la burocracia que justifica salarios innecesarios, alarga el tiempo de espera y como no, se gasta papel que no se debe.
    ahorren,agilicen los trámites y hagan todo lo bien que sea posible su trabajo.
    espero que mis tramites tarden menos de 2 años tengo cancer y creo que si no es así alguien hace mal su trabajo.

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados