Sentencia del TSJ CATALUÑA . Sala Conte-Adtivo (Secc. 5ª) de 27 de mayo de 2011.
Antecedentes penales. No constituye por sí sólo razón para la denegación. Justificación de la Administración de la amenaza real, actual y suficientemente grave contra el orden social.
Tipo: Sentencia
Fecha: 27/05/2011
REAL DECRETO 240/2007 REGIMEN COMUNITARIO
Comentario:
Extranjero (colombiano) casado con ciudadana española, le es de aplicación RD. 240/2007 “Entrada, libre circulación y permanencia en España de ciudadanos de los estados miembros de la UE y del Acuerdo sobre el EEE). – Familiar de ciudadano español, esposo siempre que no haya recaído divorcio o nulidad-
Artículo 15 RD 240/2007 “sólo podrá denegarse la expedición o renovación de las tarjetas de residencia cuando lo impongan razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública. Amenaza real, actual y suficientemente grave para el interés social. Los antecedentes penales no es razón suficiente y única para denegar el derecho de renovación o extinción de tarjeta. Habría que ponderar otros intereses familiares. Acreditar la amenaza real para el interés social
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Hola queria consultar que he solicitado mi permiso por familiar de la union y me.ha sido resuelto no favorable el dia de ayer y quisiera informarme como puedo recurrir la alzada porque nose porque motivo me salio no favorable tengo 3 hijos 2 nacidos aqui y mi esposa es ciudadana italiana