Reducción por movilidad geográfica en el IRPF

Reducción por movilidad geográfica en el IRPF para la campaña de renta del ejercicio 2015.

La reducción por movilidad geográfica en el IRPF para la campaña de renta del ejercicio 2.015, desaparece, si bien se introducen nuevos gastos deducibles en los rendimientos del trabajo bajo la denominación de «Otros gastos deducibles» que incluyen, entre otros, una cuantía fija de 2.000 euros anuales, aplicable con carácter general y un incremento por movilidad geográfica de 2.000 euros adicionales en el caso de contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, y podrá aplicarse en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

De esta forma y en la medida en que a partir de 1 de enero de 2015 se sustituye la reducción por movilidad geográfica que regulaba el artículo 20.2.b) de la Ley de IRPF, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2014, por un nuevo gasto deducible, aplicable en los mismos supuestos que determinaban la mencionada reducción por movilidad geográfica, se establece un régimen transitorio para los trabajadores que hubieran tenido derecho a aplicar en 2014 esta reducción como consecuencia de haber aceptado en dicho ejercicio un puesto de trabajo, y continúen desempeñando dicho trabajo en el período impositivo 2015, que consiste en permitirles aplicar en dicho período impositivo la reducción por movilidad geográfica del artículo 20.2.b) de la Ley de IRPF, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2014, en lugar del gasto que por este concepto está previsto para 2.015.

Supuestos de tributación conjunta.-

En los supuestos de tributación conjunta, hay más de un contribuyente con derecho a aplicar el gasto deducible por ese concepto, el importe total que podrá ser objeto de deducción será de 2.000 euros.
Si se da el caso de que uno de los cónyuges cumple los requisitos para poder aplicar lo previsto en la disposición transitoria y el otro tiene derecho a aplicar el nuevo gasto por movilidad geográfica, únicamente resultara aplicable la primera de ellas por resultar más favorable.

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Cristina C. González

Comentarios

  1. Cristina

    Buenas,ya realicé la declaración de la renta y está resuelta.Podría aún modificarla?se podría modificar la del año anterior. En 2016 estaba apuntada al desempleo en la Coruña, donde estaba empadronada y aunque no tenía un contrato de alquiler, podría presentar facturas telefónicas.Me salió trabajo en Madrid y tuve que trasladarme, no tengo contrato de alquiler, pero mi domicilio fiscal lo tengo en Madrid y también podía presentar facturas que lo corroboren.Con todo eso, podría beneficiarme de la ayuda por movilidad geográfica?

  2. Andrés Gómez Hurtado

    Estando cobrando la prestación de desempleo me preparé unas oposiciones para el Estado y logré entrar como funcionario. Yo vivía en Madrid pero la plaza la he conseguido en Madrid, lo que implica que cambié de residencia. Previamente tuve que realizar un curso como funcionario en prácticas de 6 meses online. Tengo derecho a la deducción por movilidad geográfica?

  3. sara

    Buenas,

    Estoy indecisa ya que no se si cumplo todos los requisitos para beneficiarme de la reducción por movilidad geográfica.

    Estuve en Madrid trabajando 3 años, me di de baja voluntaria y unos días después, comencé a trabajar en Almería. Yo no fui directamente a inscribirme en el paro porque no me dio tiempo, no se si mi empresa de Madrid, lo hizo por mi.

    ¿Tendría derecho?

    Gracias

  4. Núria

    Buenos días,

    El año pasado percibí la reducción por movilidad geográfica puesto que cambié mi residencia a otra CCAA. En este ejercicio he trabajado en tres empresas diferentes. La reducción se calcula a partir del rendimiento neto previo, pero ¿¿puedo incluir las tres percepciones en el calculo o solo se puede utilizar el rendimiento en la empresa objeto del cambio de domicilio??

    Muchas gracias!

  5. Javier Armán Caramés

    Se debe poner el domicilio de la región donde te trasladas a trabajar en la declaración de la renta que no sea el que estas empadronado.

  6. carmen

    Hola en el año 2016 estaba trabajando en un empresa a jornada parcial, pero inscrita con la mejora de empleo. Ese año solicite la baja voluntaria de la empresa en que estaba trabajando y acepte un puesto de trabajo en otra provincia distinta de donde residía habitualmente-
    ¿Tengo derecho a aplicarme la movilidad geográfica?

    Gracias

  7. Ana

    Buenos días,
    El año pasado percibí la reducción por movilidad geográfica puesto que cambié mi residencia a otra CCAA. Este año sigo ocupando el mismo puesto de trabajo, puedo aplicar de nuevo la reducción? O solo se puede hacer una vez? No sé si solo es aplicable a nuevos puestos de trabajo y nuevos cambios de residencia. Un saludo.

  8. Analulu

    Hola,
    No sé si esto seguirá activo, si es así os agradecería mucho la ayuda.. Os cuento mi caso:

    Soy de Asturias, y allí estuve cobrando la prestación por desempleo hasta septiembre del año pasado (2016), cuando conseguí trabajo en Murcia. Este mes de marzo de 2017 se me termina mi contrato de 6 meses en Murcia (tengo contrato de 6 meses y aunque podría renovar contrato, he rechazado la renovación), y me vuelvo a Asturias pues allí he encontrado trabajo, en el que me incorporo una semana después del fin de contrato en Murcia.

    – ¿Puedo solicitar en la declaración de este año la reduccción por cambio de residencia en septiembre 2016, de Asturias (donde está mi domicilio habitual y donde estaba cobrando paro) a Murcia?
    – El problema es que en Murcia nunca he estado empadronada, ni tengo contrato de alquiler, ni solicité cambio de domicilio fiscal cuando me fui para allá, ni nada de nada… Seguí estando empadronada en Asturias. Pero no se entiende que si trabajaba allí, obviamente me tuve que mudar de Asturias a Murcia…?

    – Y por otro lado, ¿podría solicitar la misma reducción pero por cambio de Murcia a Asturias? Entiendo que no porque es para volver a mi domicilio habitual, y además no he estado empadronada en Murcia. Pero si esto no afecta, ¿tendría que apuntarme al paro en Murcia para cumplir con el requisito, antes de volverme para Asturias?, ¿o podría hacerlo en Asturias?
    – ¿Podría empadronarme ahora en Murcia o justo a días de terminar el contrato ya no tiene sentido?
    – ¿Afecta para el punto anterior el hecho de que en el certificado de empresa figure que terminé en Murcia por «termino de contrato y renuncia a renovación?

    Muchísimas gracias de antemano!!!

  9. María José

    Buenas noches, no se muy bien si tengo derecho a estas deduciones:
    «Otros gastos deducibles” que incluyen, entre otros, una cuantía fija de 2.000 euros anuales, aplicable con carácter general y un incremento por movilidad geográfica de 2.000 euros adicionales en el caso de contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, y podrá aplicarse en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
    Yo no trabajo en mi localidad, estoy en otra CCCAA, cuando me contrataron rellené el mod. 145 y justifiqué que estaba inscrito y sin trabajo en el INEN.
    Tengo una discapacidad física superior al 60%, y me retienen en nómina, el 4,70.
    MI PREGUNTA ES: tendré derecho y cuál puede ser el importe, de las deducciones mencionas al principio?.
    Un cordial saludo y espero su respuesta
    Atentamente
    Manuel

  10. Mónica

    Hola Cristina, tengo la siguiente duda:
    En octubre del 2013 me mudé a Barcelona. La renta de 2013 la hice un país vasco (sin deducción por movilidad geográfica porque no tienen). En la renta de 2014 me deduje la movilidad geográfica. ¿Me puedo deducir este año también la deducción por movilidad geográfica?.

  11. Isabel

    Hola,
    Expongo mi caso de enero a septiembre estuve trabajando en madrid, deje el trabajo y me volví a mi comunidad autónoma de origen, en la cual estuve dos meses residiendo y apuntada al paro. En diciembre me volvieron a ofrecer un trabajo en madrid. Al haber residido el mayor tiempo en la comunidad, en periodos partidos, donde me ofrecieron el trabajo durante ese año fiscal, ¿tendría derecho a la deducción?

    • Inmaculada Castillo

      Hola Isabel,

      Hola Sandra,

      Atendiendo a la pregunta que realizas te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañera Cristina Gonzalez a través de nuestro servicio de consultoría jurídica en el 807.502.004 para que personalmente te pueda dar una respuesta detallada a tu consulta.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  12. Msb

    Hola!
    Mi duda es la siguiente. He estado dada de alta y actualmente de baja como trabajadora en mi municipio, sin embargo nunca me he apuntado al paro como tal. Quisiera saber si puedo optar a la reducción por movilidad al haber aceptado un trabajo fuera de mi comunidad sin estar previamente apuntada en el paro en mi comunidad.
    Gracias. Un saludo!

    • David

      No puedes. Tienes que estar en el paro aunque sea solo un día.

  13. David

    A continuación expongo mi caso.
    Deje mi trabajo voluntariamente el año pasado en zaragoza donde tambien estaba empadronado, estuve un dia en el paro y despues me contrataron en la rioja donde me desplace y me empadrone.

    Me corresponde esta deducion? Donde hay que marcarla en el borrador? No la localizo.

  14. Francisco

    Buenas tardes,

    Soy un ciudadano español que reside en Alemania y estoy registrado en el Consulado de España como residente permanente. Actualmente estoy desempleado y cobro el subsidio por desempleo del gobierno alemán. Estoy buscando trabajo en España y me gustaría, una vez encontrase trabajo, disfrutar de la reducción por movilidad geográfica. Entiendo que al cambiar de domicilio por motivos de trabajo (de Alemania a España) y ser desempleado, podría hacerlo. ¿Podrían confirmármelo?

    Gracias de antemano.

    Un saludo.

  15. M.Carmen

    Al mirar el borrador ya me tienen señalada la movilidad geografica, pero al meter los datos sindicales, me pone un error. «El rendimiento de trabajo reflejado por el puesto de trabajo aceptado estando en situación de desempleo no puede ser superior al importe total de los rendimientos netos del trabajo que ha hecho constar»

    Me podiais indicar que debo hacer. Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Maria del Carmen,

      Para preguntas relacionadas con fiscal, te recomendaría que te pusieras en contacto con mi compañera Cristina Gonzalez, a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  16. Alejandro

    Hola. En 2013 acepte un trabajo a 30 km de mi residencia habitual, fue en el mes de noviembre. En la declaracion de la renta del ejercicio 2013 me aparecio automaticamente la reduccion por cambio de residencia.
    Entre a trabajar en noviembre de 2013 y me volvi a quedar desempleado en noviembre de 2014.
    Ahora he pedido el borrador del ejercicio 2014 y no aparece la reduccion por cambio de residencia.
    ¿Tengo derecho a la reduccion?

    Añado que durante el año que estuve trabajando me hacian contratos encadenados de 3 meses,sin dejarme parado ningun dia.
    Los rendimientos del 2014 son 14.500, mientras que los de 2013 fueron 12.000
    El ejercicio del 2014 me sale a pagar 800 euros, mientras que el de 2013 me devolvieron 180 euros.

    Muchas gracias

  17. Sergio

    En el año 2013 empecé a trabajar cumpliendo las condiciones para la movilidad geográfica.

    En ese periodo mi total sumo unos 9000€ y pude recuperar todo el IRPF que pagué ese año.

    Este año, me paso lo mismo. Volví a estar en paro y me contrato en comunidad diferente.

    Al hacer la declaración de la renta, me salen unos 20.000 entiendo que puedo recuperar el irpf como el año pasado.

    El caso es que, al meterme en el programa padre, me sale que en lugar de recuperar todo el irpf, me sale incluso a pagar porque me desgravan solo 2652.

    Es esto correcto?

    Las condiciones que leo en todos los sitios es que, la situación especial de estar en paro, aceptar un trabajo en otra comunidad y trasladar la residencia, permite desgravar el 100%.

    En que me equivoco entonces?

    Muchas gracias y un saludo.

  18. Fernando plaza

    Durante los años 2010 y 2011, aplique la reducción por movilidad geográfica, lo he demostrado con certificado de empadronamiento, alquiler de vivienda, y certificado de inscripción en el paro y vida laboral, demostrando que era desempleado en esa época, pero al seguir inscrito en las oficinas de empleo cuando empece a trabajar’ para poder realizar cursos, hacienda me dice que es contradictorio que este trabajando e inscrito en las oficinas de empleo.

  19. Pepe

    Mi residencia habitual ha estado en Valencia hasta Marzo de este año, cuando me vine a trabajar a Madrid. No estaba apuntado en el paro y no pude beneficiarme de esa ventaja.
    Ahora en septiembre voy a cambiar de trabajo y voy a seguir viviendo en Madrid. ¿Podría esta vez beneficiarme de esta reducción por movilidad geográfica si me apunto al paro en Valencia antes de empezar el nuevo empleo? Gracias

  20. Cristina Ferrero

    Buenos días:
    Voy a explicar mi caso solicitando vuestra ayuda a ver si es posible aplicar movilidad geográfica en mi declaración o no.
    El año 2012 comencé a trabajar en una empresa de León, yo soy de la Bañeza (otro MUNICIPIO a unos 40 km) , y al principio iba y venia diariamente. No fue hasta Enero del 2013 cuando alquilé una vivienda en León y trasladé allí mi vivienda habitual (tengo contrato de arrendamiento y facturas de luz, agua, gas, teléfono…). Además no dispongo de la cartilla del paro, y no se si puedo solicitar un certificado o expediente en el que figure que estaba dada de alta en la fecha que comencé a trabajar. ¿Puedo solicitar la movilidad geográfica este año, si el contrato de trabajo lo firmé en 2012 y el contrato de piso en 2013? gracias de antemano, Reciban un cordial saludo

    • Cristina C. González

      Buenas tardes Cristina:
      La LIRPF establece que pueden aplicar la reducción por movilidad geográfica los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio. Cumpliéndose los requisitos para su aplicación, la deducción se aplicará en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
      Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser, necesariamente, aquel en que esté situado el puesto de trabajo que se acepta. Eso sí, el nuevo puesto de trabajo debe exigir el cambio de residencia.
      En cuanto a la documentacion acreditativa de dicha reducción, el contribuyente deberá poder acreditar el cumplimiento de todos los requisitos mencionados por cualquier medio de prueba admitido en Derecho conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la LGT.

  21. carlos

    Hola Cristina:

    Tengo una duda..Yo creo que cumplo los requisitos. Me fuí de Madrid a Barcelona estando inscrito en el paro , por un puesto de trabajo. Pero sigo empadronado en Madrid, en el sitio donde vivo no tengo contrato de alquiler, puedo optar a la deducción?

  22. paco

    Bastaria para acojerse a reduccion por movilidad copia de contrato en otra region carta de cese expedida en dicha regiin y vida laboral ,demostrando cob esta que estabas en paro? Gracias

    B

    • Cristina C. González

      Buenas tardes Paco:

      Los requisitos para la reduccion de rendimientos del trabajo por movilidad geografica, son los siguientes.
      – Desempleados inscritos en la oficina de empleo
      – Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual
      – Que traslades tu residencia habitual a un nuevo municipio

      Si se dan en su situacion estos tres requisitos podra aplicarte una reduccion del 100 por 100 en tus rendimientos del trabajo, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

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