prescripción las penas

Prescripción de las penas

Los plazos de prescripción de las penas impuestas en sentencia por un Tribunal penal irán en función del tiempo de la condena recaída.

Concepto de prescripción de las penas

La prescripción de las penas puede definirse como la extinción de la responsabilidad penal por el paso del tiempo legalmente fijado y computado desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, sin que se haya ejecutado la pena, lo que impide que se pueda posteriormente el cumplimiento de la misma.

Debemos diferenciar entre la prescripción de las penas y la prescripción de los delitos.

¿Cuándo prescriben las penas?

El artículo 133 del Código Penal establece los plazos de prescripción cuando ha sido impuesta una pena en sentencia firme:

Las penas prescriben:

A los 30 años, las penas de prisión por más de 20 años.

A los 25 años, las penas de prisión de 15 o más años sin que excedan de 20.

A los 20 años, las penas de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15.

A los 15 años, las penas de inhabilitación por más de seis años y que no excedan de 10, y las de prisión por más de cinco años y que no excedan de 10.

A los 10 años, las restantes penas graves.

A los 5 años, las penas menos graves.

Al año, las penas leves.

  • IMPORTANTE:  Hay que ver las distintas clases de penas para encuadrar el plazo de prescripción.

¿Qué penas no prescriben?

El artículo 133.2 del Código Penal establece qué penas no prescribirán con el paso del tiempo, y así dispone:

1.-  Las penas impuestas por los delitos de lesa humanidad y de genocidio, y por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614, no prescribirán en ningún caso.

2.-  Tampoco prescribirán las penas impuestas por delitos de terrorismo, si estos hubieren causado la muerte de una persona.

¿Cómo se computa el plazo de prescripción de las penas?

El artículo 134 del Código Penal, dice que el tiempo de prescripción de la pena se va a computar desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiese comenzado a cumplirse.

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Así, tenemos que tener en cuenta lo siguiente:

La prescripción de la pena comienza desde el día de la firmeza de la sentencia.  Antes de que se dicte sentencia, podemos hablar de la prescripción de delito pero no de la prescripción de la pena.

2º El plazo de prescripción se computa durante el tiempo en que la pena, debiéndose y pudiendo ejecutarse, no se cumple, es decir, durante el tiempo en que el Estado no ejercita el ius puniendi.

De forma contraria, se interrumpe la prescripción de la pena cuando el Estado realiza toda la actividad procesal que le corresponde orientada a la ejecución de la pena.

Diferencia entre prescripción de delitos y prescripción de las penas

Acudimos a la doctrina del Tribunal Constitucional, que nos dice lo siguiente:

El instituto de la prescripción penal supone una autolimitación o renuncia del Estado al ejercicio del «ius puniendi» en consideración a la incidencia que tiene el transcurso de un determinado tiempo en las funciones y fines de la intervención penal, así como por razones de seguridad jurídica que conducen a fijar un límite temporal para que no se dilate indefinidamente la incertidumbre de la inculpación o de la persecución penal.

Fundamentos que explican el instituto de la prescripción en el ámbito punitivo en general, pero que requieren ciertas precisiones a efectos de diferenciar la prescripción del delito – o prescripción de la acción penal- frente a la prescripción del cumplimiento de la pena impuesta en sentencia condenatoria.

La prescripción del delito opera como obstáculo procesal que impide la investigación judicial, y por ello puede decirse que la sociedad renuncia al «ius puniendi», renuncia a una investigación tardía del delito y exime de responsabilidad penal a los eventuales responsables, por razones pragmáticas y jurídicas. Los plazos de prescripción de los delitos viene previstas en el artículo 131 del C. Penal.

Por el contrario, la institución de la prescripción de las penas se sitúa temporalmente en el espacio posterior al efectivo enjuiciamiento de los hechos y a la declaración de responsabilidad criminal, por lo que en esta vertiente de la prescripción no se produce en sentido estricto una renuncia al ius puniendi, sino una renuncia a una ejecución tardía de la pena.

Ejemplo:

EJEMPLO:

Celebrado un juicio penal en el que se ha dictado una sentencia firme imponiendo una pena de 3 años de prisión («pena menos grave«). Si transcurre, en este caso, el plazo de 5 años sin localizar al condenado para que entre en prisión, la pena impuesta estará prescrita y por tanto extinguida la responsabilidad penal.

Resumiendo:

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A diferencia de la prescripción del delito (donde todavía los hechos no se han enjuiciado los hechos, «no se ha celebrado juicio«) en la prescripción de las penas, existe un juicio previo y una sentencia condenatoria firme donde se ha impuesto una o varias penas. Estas penas impuestas en sentencia son las que podrán prescribir si transcurren unos determinados plazos como veremos a continuación.

Ejemplos de resoluciones sobre la prescripción de las penas

A)  Resolución que desestima la prescripción de las penas

Audiencia Provincial de Castellón (Sección 1ª), Auto 14.02.2017

«la prescripción de la pena -que en el presente caso tiene un plazo de un año por tratarse de una pena leve conforme al art. 133.1 Código Penal – comienza desde el instante de la firmeza de la sentencia (en el caso desde la última notificación a las partes que tuvo lugar el día 29.06.2016) por así establecerlo expresamente el art. 134 Código Penal, deteniéndose (interrumpiéndose), en todo caso, tan pronto como se inicia su cumplimiento, es decir, con el inicio de la ejecución de la pena, pues sólo los actos de ejecución asociados al cumplimiento de las penas, «in natura» o sustitutivas, tienen relevancia para interrumpir la prescripción de las penas, y ello sin perjuicio de que se quebrante la condena, para cuyo supuesto el art. 134 C. Penal determina una nueva modalidad de cómputo de los plazos.

En el presente caso, iniciada la ejecución de la pena mediante Auto de fecha 24.06.2016 por el que, además de declarar la firmeza de la sentencia, se acordaba requerir de pago de la multa impuesta al condenado, debe detenerse desde esta resolución el plazo anual de prescripción de la pena impuesta y ello sin necesidad de extenderse hasta la notificación del mismo al penado, pues la ley no exige para su interrupción ni la firmeza del acto de inicio de la ejecución ni su notificación al penado.

Por ello, y porque no había transcurrido el plazo de un año desde la firmeza de la sentencia hasta el inicio de la ejecución, es por lo que no puede declararse la prescripción de la pena y el recurso que así lo pretende debe ser desestimado.»

B) Resolución que estima la prescripción de las penas

Audiencia Provincial de Cádiz (Sección 3ª), Auto de 9.12.2016

«Dispone el art. 133 Código Penal que las penas menos graves, como es el caso, prescriben a los cinco años. Estableciendo el precepto siguiente (art. 134 C. Penal), que el tiempo de la prescripción de la pena se computará  desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, si esta hubiese comenzado a cumplirse.

El examen de las actuaciones pone de manifiesto que la pena de los diez meses de prisión impuesta nunca comenzó a cumplirse, así como que el penado nunca estuvo a disposición del Tribunal sentenciador desde que la condena impuesta devino firme, por no ser posible la interposición de recurso alguno contra la misma, situación que se mantuvo en el tiempo hasta el pasado día 23/6/16, fecha en la que ya había trascurrido en exceso el plazo de prescripción de la pena, como acertadamente se sostiene por el órgano a quo en su resolución. De lo que el Ministerio Fiscal discrepa al sostener, así lo hace en su escrito de recurso, que la contestación al recurso de reforma por él interpuesto contra la decisión de conceder el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena que realizó la representación y defensa del penado interrumpirían la prescripción de la pena.

Tesis que no se puede compartir al carecer de respaldo normativo alguno que la sustente, no conformando ninguno de los dos supuesto de interrupción previstos en el nº 2 del art. 134 C. Penal, esto es: la suspensión de la ejecución de la pena (que formalmente en este caso nunca se llegó a producir); o durante el cumplimiento de otras penas que no puedan ser cumplidas de manera simultánea.»

Inmaculada Castillo

Comentarios

  1. Sofia Cortez

    Tengo un hijo de 20 años fue condenado a 3años y 6meces a prisión. Por tráfico de armas pero se fugo yeba serca de 1 año y5 meces fugado quería saber a los cuantos años el delito prescribe

  2. Efren

    Hola, me condenaron a 4 años en 2019, pero mi abogado, recurrió y me pusieron en búsqueda y captura en 2021, me escapé porque mi abogado me estafó y me mintió, me gustaría saber cuando me prescribe, si a raíz del 2019 o 2021, ruego algún profesional se ponga en contacto conmigo por favor, gracias

  3. Marcela gallego

    Buenos dias una pregunta tengo un familiar que tubo una condena de 18 meses pero no se entrego a la policia y esta dianbulando por las calles y quisiera saber si esta pena prescribe a los 36 meses y puede salir a la calle o estas penas son quietas y puede que lo retenga la policia les agradeceria que me den una respuesta

  4. Mario

    El tema de la prescripción si bien es justo en lo penal, por que el reo cumplió prisión por sentencia, pero sus derechos de ejercicio en libertad están observadas por la ciudadanía y restringidos en los trabajos por la desconfianza en la persona.
    En lo civil se usa la prescripción de los derechos adquiridos por la persona, para anularle el reconocimiento del derecho que reclama, por lo general en lo laboral, poniendo fechas de caducidad para reclamar y/o poniendo fin o derogan la ley a ese derecho.
    En el Perú, pasa estos casos y otros que valiéndose de un Congreso de la Republica que, en vez de velar por Derechos de los ciudadanos, activos en lo laboral, cesados o pensionistas que gobiernos anteriores vulneraron derechos de ley, o como el caso del FONAVI (FONDO NACIONAL PARA VIVIENDA), que tenia fines para adquirir vivienda a trabajadores, dichos fondos fueron usados por los gobiernos para otros fines, actualmente hay personas de edad pensionistas que se están muriendo durante el tiempo que el gobierno no autoriza el pago, a pesar de existir el derecho ganado, solo dilatan y dilatan. En el caso de pensionistas del estado que reclaman el pago y reintegros de las leyes emitidas por gobiernos y que las instituciones no cumplieron con abonar en su momento, hay juicios diversos que el Poder Judicial, no resuelve y si lo hace las instituciones no cumplen la orden de ejecución, y dilatan los tiempos, en muchos casos responden que por Ley de Presupuesto. Que base legal en la justicia laboral de los diversos países, hay jurisprudencia sustentable en casos parecidos, porque los derechos laborales que por Ley se emitieron por los gobiernos, no deben PRESCRIBIR, aun después de la muerte de la persona, sino que ese derecho debe ser reclamado por la viuda y ser beneficiada por derecho. NO PUEDE SER QUE POLITICOS CORRUPTOS, SENTENCIADOS POR LA POBLACION NO ESTEN EN PRISION, TENGAN DERECHO A QUE PRESCRIBAN LAS ORDENES DE CAPTURA POR HABER VENCIDO EL TIEMPO. LOS DERECHOS LABORALES SON IRRENUNCIABLES Y ESTOS DEBEN RESPETARSE EN TODA INSTANCIA JUDICIAL Y ACATADA POR LAS INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS. ME INTERESA Y GUSTA LA PROFESION DEL DERECHO, NO SOY ABOGADO COMO MUCHOS, PERO REQUERIMOS QUE SE NOS HAGA JUSTICIA, NO PEDIMOS O RECLAMAMOS LO QUE NO NOS CORRESPONDE. AGRADECERE INFORMACIÓN SOBRE EL DERECHO ADQUIRIDO, PORQUE NO DEBE EXTINGUIRSE, Y POR QUE NO DEBE PRESCRIBIR EL DERECHO LABORAL.

  5. Juan Ramon Castillo Faus

    Hola
    Tengo fecha para un juicio para febrero del 24. Si no me presento al juicio y me voy del pais, que pasaria, prescribe el delito, fue por agredir a la policia local, tuve juicio rapido y rechace la preticion del fiscal dos años y cuatro meses. tengo antecedentes penales por mismos hechos. tercer grado no me daran y dos años en prision nose…igual me presento a juicio y luego me piro…que opinais? GRACIAS

    • Jose

      Una vez que estés penado, al ser un delito que por la condena es considerado menos grave, prescribirá a los 5 años. Y deja de hacerte el machito y agredir a policías locales, porque visto el resultado no se te da demasiado bien. Dices que tienes antecedentes por hechos similares, si la pena fue menor de dos años y te la suspendieron, mira el tiempo de suspensión, porque si no, te revocarán la suspensión y cumpliras las dos penas.

  6. Jolie stefani

    Me condenaron a5 años de prisión efectivo y no fui capturado,estoy en la clandestinidad
    En cuántos años puedo andar libre
    Soy de Perú y mi caso es de Perú

  7. Asensio

    Buenas tengo unas dudas
    Yo fui condenado a 3.3 años de prisión por salud pública en el año 2014 acuerdo mutuo con el juzgado
    En Estos momentos me e cuenteo en el extranjero y quisiera saber si la pena habrá prescrito para poder volver a visitar a mi familia gracias

    • Alexander Matos

      Saludo. Tenia jucio pero mese anterior fui a visitar a mi hijo fuera. No pude asistir. Porque tengo un hijo autista le envie una carta al tribunal te que llevo a mi hijo a la terapia. Le envie la fecha de mi vuelo aun asi me pusiero en busca y captura. Un delito contra la salud publica. Que tiempo tengo que esperar para que prescriba. Nunca he entrado a prision. Mi liberta fue pura y simple.

  8. yadi

    hola a todos, me pregunta, es tenía 2 juicios en el 2015 uno de tráfico de drogas y el otro de pelea y no me he presentado y hasta ahora estoy fuera de España porfavor quería saber cuando prescribe para poder volver a ver mi familia que llevo mucho tiempo sin verla. gracias

  9. Isadora

    El tiempo de prescripción de condena,empieza a contar desde la fecha de sentencia o desde la fecha de su firmeza?

  10. Antonio

    Buenos días tengo una pena de prisión de 2 años por delito leve de lesión y quería saber cuando prescribe gracias

  11. jose manuel santos garcia

    tengo una sentecia firme de 9 anos y 10 meses en 2006 en un permiso no volvi y pasaron mas de 15 anos como conseguir documento de prescricion de condena munchas gracias soy espanol

  12. Julian

    Tengo una condena firme de 2añosy 3 meses por faksificar una firma estoy en busca y camptura cuanto tiempome tengo que estar fuera de España para evitar y a la carcel

  13. Svetomir

    Despues de que una pena es prescrita, como puedo obtener el documento en le que figura que la pena ha prescrito?

  14. anonimo

    Hola, mi padre fue condenado por violencia de género «falsamente», pero el firmó que estaba de acuerdo, aunque engañado, le han dicho que ya lo ha aceptado y no hay vuelta atrás, y le pusieron una condena de trabajos a la comunidad y orden de alejamiento de un año, la custodia de su hijo pequeño se la dieron a la madre con un regimen de visitas para él. Ha finalizado la orden de alejamiento y la madre del niño le ha propuesto volver a retomar la relación y que vuelva al domicilio familiar. El se cree que por volver con ella va a recuperar la custodia del niño, pero yo creo que no es así. ¿Qué consecuencias puede traer esto para el si ella le vuelve a denunciar? o ¿ cómo debe hacerlo para el estar tranquilo y que no le vuelvan a buscar problemas legales, quizá si ella firma un documento de que se anule todo lo anterior y se manda al juez o cómo? Muchas gracias por la ayuda de antemano

  15. George

    Un saludo a todos aquellos que esten fuera.quisera que alguien me puede ajudar con una respuesta.fui cindenado a. 2 anos de cârcel por robot con fuerza .y jaa cumpli 14 meses.a salir de permiso me marche .se que e quebrantado una condena .Pero Han pasado 6 anos.quisera saver și se puede prescrivir o sean prescrito .

  16. francisco jose vera barragan

    buenos dias mi pregunta es , tengo un juicio pendiete de 2011 todavia no se a celebrado, por este echo me detivieron y estube fimrndo durante un año , todvia no se sabe de fecha del juicio, me estoy presentado a una opocociones para polica , tengo antecedentes,, esa es mi pregunta

  17. Wilfredo Araujo

    BUENAS TARDE .UNA PREGUNTA QUE TIPO DE CONDENA PUEDE ANTVA EL CÓDIGO ROJO.

  18. Raul M

    Hola, si tengo condena penal leve firme con multa pero he fijado mi domicilio en otro pais. Me planteo no pagar la multa, cuanto debo esperar para q prescriba y poder volver a España. Un año?
    Gracias

  19. sandra vasquez

    cordial saludo tuve auto de prescripcion el 10 de diciembre del 2018 y archivo de la causa constando cesada la busca hacia mi , pero hace dos dias fueron al avión donde regrese a madrid de mis vacaciones a mi pais de origen y me detuvieron y estuve en calabozo la guardia civil 6 horas, que puedo hacer para denunciar este abuso si yo ya no tenia nada pendiente, muchas gracias un fuerte abrazo

  20. Alexander

    Tengo una condena en firmer de 5 años por tentativa de homisidio en Barcelona en el año 2011 desde entonces estoy en bogota quiciera saber cuando puedo presentable en la embajada española a solicitar el pasaporte español sin que haya ningun problema y me lo den gracias

  21. Alexander varon

    Tengo una condena de 5 años por tentativa de homisidio en el 2012 me gustaria saber cuando puedo pedir el pasaporte español en bogota sin que haya ningun problema gracias

  22. Jorge suarez

    Tengo una sentencia por 8 meses por juicio de faltas al cuanto tiempo prescribe?

  23. anthony

    que pasa si tengo antecedentes y estoy en busca y captura en spain y me voy a vivir a englaterra sucedería algo ?

  24. Fran

    tengo una condena de 1 mes y 15 dias en firme desde 2014, en agosto de 2015 se me notifica que tengo que ingresar en prision, desde entonces estoy en busca y captura, el delito fue usurpacion de identidad y falsificacion de documento oficial, lo que quisiera saber si esta pena ya ha prescrito

  25. Yousef

    Hola,me gustaría saber si una pena de 18 meses prescribe cuando está refundida entre otras ya que han pasado 5 años desde q se hizo firme la sentencia de la misma y habiendo cumplido las otras penas?Gracias de antemano.

  26. Enrique

    Es bastante interesante y me gusta asesorarme y aprende cada día mas en los Área de
    Civil ,Penal y Criminología.

  27. alejandro

    Cuando prescribe un delito de quebranto de condena que se efectuó el dia 21/12/2011.
    gracias. un saludo

  28. Manuel Luís

    Me condenaron a 16 meses de prisión con pena accesoria de 7 años y medio de inhabilitación especial, ambas firmes a 10 de marzo de 2010, más multa de 2400 euros. La pena de prisión se suspendió por falta de antecedentes.De la inhabilitación y de la multa, a día de hoy no se me ha comunicado absolutamente nada. ¿Hay prescripción?, ¿el juzgado, o quien sea competente, puede dilatar infedinidamente la ejecución de la sentencia? Gracias.

  29. Michel

    Tengo una condena de 5 años por tráfico de droga y otra por lesiones de 4,6 .. sentencias firmes la primera ya en busca..que tarda en prescribir la condena?

  30. Edwin

    Fui condenado en firme a una pena de prision de 6 años 1 dia en el 98 pase 3 años preso y luego en un permiso regrese a mi pais quebrantando la condena mi pregunta es si ya se prescribio la pena

    • Michel

      Tengo una condena de 5 años por tráfico de droga y otra por lesiones de 4,6 .. sentencias firmes la primera ya en busca..que tarda en prescribir la condena?

      • We

        Hola,estoy condenado a 8 años y 9 meses pero hay varias condenas en la misma causa ,la mayor es de 4 años y 3 meses , mi pregunta es si prescribe todo en 5 años a los 10

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