Responsabilidad del administrador de la Comunidad

Responsabilidad del administrador de la Comunidad

Existirá responsabilidad del administrador de la Comunidad de propietarios cuando no cumpla diligentemente con sus responsabilidades.

Para determinar si puede existir responsabilidad del administrador de la comunidad de propietarios hay que conocer previamente cuales son básicamente sus funciones legales.

Funciones del administrador de la comunidad de propietarios

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) vigente en 2013 (con las modificaciones introducidas por la Ley 8/2013 de 26 de junio) establece en su artículo 20, el cometido de los administradores, y a tal efecto señala que serán:

a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.

b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.

c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.

d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

e) Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.

Clases de responsabilidad del administrador de la comunidad

Responsabilidad civil del administrador:

La responsabilidad será civil, cuando de su culpa o negligencia se ocasionen unos daños a la Comunidad imputables al incumplimiento de sus tareas; esta responsabilidad dará lugar a una indemnización de daños y perjuicios, cuyo importe deberá ser acreditado por la Comunidad de propietarios.

Quizá te interese:  Facultad del Presidente para autorizar obras urgentes

La relación jurídica que vincula al administrador con la Comunidad de propietarios es de mandato, por lo que constituirán deberes esenciales el de llevar a cabo la gestión encomendada y cumplir con el mandato (artículo 1.718 Código Civil), por lo que será causa de responsabilidad el incumplimiento de los deberes de gestión que le son propios, o la realización de actos de manera distinta a la encomendada o diferente a la que razonablemente cabría esperar.

El ejercicio de la acción de responsabilidad civil contra el administrador de la Comunidad tiene un plazo de prescripción de cinco años.

Responsabilidad penal del administrador:

También pudiera darse una responsabilidad penal del administrador de la Comunidad si incurriera en la comisión de alguno de los delitos previstos en el Código Penal, entre los que se encuentra el de apropiación indebida.

La mayoría de las veces que se ha enjuiciado a un administrador de fincas por esta jurisdicción penal, se debe a la apropiación de dinero de la Comunidad en su propio beneficio. En estos casos, con la prudencia que ha de merecer el inicio de esta vía penal y siempre que puedan ser demostrados los hechos, habrá que interponer una denuncia o querella por delito de apropiación indebida (artículo 252 Código Penal).

Sentencias que declaran la responsabilidad civil del administrador de la comunidad

Sentencia de la AP Alicante (Sección 5ª) de 13.03.2013:

“ Frente a la sentencia recaída en el procedimiento de juicio verbal tramitado en la instancia, estimatoria de la demanda sobre reclamación de 1.722,11 euros en concepto de responsabilidad por negligencia de administrador de la comunidad de propietarios actora, interpone el presente recurso de apelación el demandado solicitando la estimación de su pretensión absolutoria que tal resolución rechaza, a lo que no puede accederse por cuanto que toda su tesis se basa en una subjetiva valoración de la prueba que no puede prevalecer sobre la más objetiva de la Magistrada a quo , que no se demuestra errónea, ya que del conjunto probatorio aparece acreditada la responsabilidad del administrador de la Comunidad  por no haber actuado de conformidad con lo que se le exige en el art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal en sus apartados a) y c) pues no dio solución a un excesivo consumo de agua, debido a una avería que solamente se reparó cuando se nombró otra administradora y también por haber dado lugar al impago de recibos, sin ponerlo en conocimiento de la comunidad, y consiguiente suspensión del suministro, que solamente se repuso cuando se hizo pago por la nueva administración».

Sentencia de la AP Madrid (Sección 13ª), de 24.02.2012:

» Por su parte el art. 20 e) de la citada L.P.H. atribuye al administrador entre otras obligaciones la de custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad, precepto, que puesto en relación con los citados del Código Civil, obligan al mandatario al termino del mandato a rendir cuentas y a entregar a la comunidad, o al nuevo administrador que la misma designe, la referida documentación…; como quiera que la administradora cesada no cumplió con la entrega de la relación de propietarios morosos, a que se había comprometido, estamos ante un incumplimiento defectuoso del contrato que debe acarrear la correspondiente responsabilidad».

Francisco Sevilla Cáceres

Comentarios

  1. cecilia

    Denuncia en el Ayuntamiento en Urbanismo.

  2. cecilia

    Por protección de datos no te los pueden dar.
    Si se demuestra que la comunidad del garaje no está incluida la tendrás que pagar es raro que no te informaras de ello cuando compraste.
    Sí puedes cambiar de administrador.

    Si contestarais a alguna pregunta iría mejor.

  3. Margarita

    Mi administrsdora dice que ha puesto 5000€ de su bolsillo para una derrama, como lo puede demostrar? Muchos vecinos no nos lo creemos.

  4. Elisa Donaire Peña

    Puede un presidente pedir el teléfono y//o dirección de correo de los demás propietarios para poderse comunicar con ellos? Aguno de ellos no vive en el edificio.

    El Administrador me dice que no por la protección de datos.

    Entonces como puedo reunirme como presidenta con los demás propietarios?? por ejemplo para cambiar de Administrador.

  5. Rafael

    Buenas tardes. La administradora de fincas de mi comunidad de vecinos me pide más de 400 euros por recibos impagados que nunca se emitieron relativos a una plaza de garaje que me dijeron cua do compré la vivienda estaba incluida en la cuota del piso. Mi pregunta es si estoy obligado al pago de dichos recibos que nunca se me cargaron, nunca fueron emitidos. En ningún momento dejar de pagar los recibos de la comunidad que me fueron emitidos, domiciliados por el banco, tanto de la vivienda como del trastero.

  6. Ana

    Hola,
    que hacer cuando el administrador de fincas, ignora tus peticiones y reclamos.
    Con que tanto por cierto de la comunidad , se puede cambiar de administrador?

  7. Francisco Padilla

    Debido a las humedades y que las persianas están rotas por el tambor y no las pueden arreglar.El cierre del balcón hace inhabitable estar en el salón en invierno,cuando compré el piso tenía ya el cierre que actualmente tiene más de 40 años.El día 09 de septiembre mandé un correo electrónico al adminsitrador pidiendiendo permiso para quitar el cierre antiguo por otro mejor.No he recibido contestación del administrador hasta que el día 8 de noviembre,le mande uno nuevo diciendole que me habia comprometido y pagado parte del trabajo a la empresa para cambiarlo y me dice que no lo puedo hacer hasta que hagamos una reunión para tratar el tema.Anteriormente,el mismo administrador había dado permiso a otro vecino sin haber reunión para tirar y cambiar el cuarto de baño.

    ¿Qué debo hacer si ahora me dicen que no puedo cambiar el cierre existente?
    ¿Puedo denunciarlo por trato discriminatorio? y ¿Dónde?

    • cecilia

      convoca reunión extraordinaria, habla con el presidente y si no ve al ayuntamiento y solicita intervención urgente.

  8. Rosa

    Buenos días:
    Queria consultar la situación que se ha producido en mi comunidad de vecinos, y es la siguiente:
    Se ha perdido un juicio por «Nulidad de los acuerdos de la junta de propietarios en relación al acuerdo para el «arreglo de humedades «, en base a defectos de forma de la convocatoria de la reunión en la que se decidío y votó la ejecución de las obras. Teniendo en cuenta, no obstante, que los vecinos no convocados se presentaron al haber sido informados por otros vecinos, pero no por el Administrador.

    Un saludo y muchas gracias.

  9. Irune

    Buenos días, tengo una duda. En la comunidad se aprobó por junta realizar una obra en septiembre y estamos en enero y no han empezado aún. Como presidenta de la comunidad lo he comentado varias veces en estos meses con la administradora de fincas. La respuesta que nos da es que nosotros tenemos la obligación de llamar a la empresa para pedir explicaciones. Es eso así o se tendría que ocupar ella?
    Gracias y un saludo

    • cecilia

      Lo normal es que aprobarais un presupuesto y ella debería estar al tanto igual no hay licencia todavía. Llama a ver….

  10. Marita

    Acabo de mudarme a un piso antiguo y para mala suerte mia el cableado de electricidad, esta de pena el dueño me cobra 25€ mas del alquiler para pagar su seguro y me envia a personal no cualificado para parchar cosas mi pregunta es ES LEGAL AQUI EN ESPAÑA Y EN BARCELONA ESTA ACTIVIDAD

    • Inmaculada Castillo

      Hola Marita,

      Hemos leído tu consulta, y la respuesta a la misma pueda ser algo extensa y variable según las circunstancias propias del caso que comentas. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.

      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  11. cesar

    hola,el plus transporte de 228 euros al mes a la seguridad social, el cual viene en la nomina desde el2002 hasta la fecha,solo me pagaron los 4 ultimos años ya que tuvo que venir el inspector de trabajo , mi pregunta es si puedo reclamar lo anterior por una negligencia hacia mi persona y debido a que tengo 63 años y ahora debido a esto no voy a cotizar lo que realmente debia y esto me perjudica mucho para la jubilacion ya que tengo los 39 años de cotizacion,puedo denuncirlo y como lo tendria que hacer

  12. Miquel

    el administrador tras una reunion de propietarios de garaje en este caso, con una presencia del 48,5% y votos a favor del 46% y celebrada un 26 de diciembre… se aprueba una grandísima obra por filtraciones de agua y etc. de 275.000 eur. Se le ha dicho al presidente que convoque de nuevo dada la poca asistencia por la fecha y se niega tanto el como el administrador

    • cecilia

      Si había mayoría simple de los asistentes y en el siguiente mes nadie ha dicho nada se tendrán que hacer.

  13. Marisol

    Hola, el presidente de mi comunidad tení qué haber presentado ante los juzgados una denuncia, y no lo hizo, la administradora lo sabía y no hizo nada. Mi pregunta es, la administradora tenía qué haberlo comunicado alis propietaros mediante un correo o cualquir otro medio y qué responsabilidad recae sobre la administradora, aunque el responsable es el presidente. La reunión la conv ocó al año y medio de estar el como presidente, cuando como mínimo hay que celebrar una reunión al año. Muchas gracias

  14. MARIA CC

    Tenemos un Administrador que ha comprado la cartera de clientes del anterior.
    Nos han cortado la luz del Garaje comunitario y las puertas han quedado abiertas, sin previo aviso. Todo está oscuro y puede entrar cualquiera.
    Ha dejado de pagar facturas de iberdrola y no nos ha avisado de los avisos certificados que les han llegado del corte, nos han cesado el contraro adeudamos 1.700 euros. No sé que podemos hacer, puesto que aún no nos entregan las cuentas, dicen que lo van a solucionar pero llevamos una semana así.
    Podemos denunciar?

  15. Pablo

    En las juntas de nuestra comunidad nunca acude el titular Administrador-Secretario sino un empleado suyo. ¿Es exigible que acuda a las juntas la persona titular de la Administración de Fincas contratada para actuar como secretario?

  16. Ana Maria

    Llevamos casi 1 año con la siguiente situación: En nuestra comunidad hay un vecino incívico y violento; primero comenzó con insultos, luego amenazas y algunas agresiones, aunque leves (bofetones, tirones de cabello, escupitajos…), nosotros hemos ido informando en repetidas ocasiones al administrador contándole el caso y éste se ha desentendio del tema. El otro dia, éste vecino agredió brutalmente a otro vecino de la comunidad. Podemos pedir responsabilidades legales al administrador por negligencia durante todos estos meses?? Gracias

    P.D: aclarar que todo el bloque de vecinos es de un único propietario y lo lleva una sola administradora, el bloque entero.

    • cecilia

      Tenéis que denunciar cuando ocurra algo, la administradora poco más puede hacer. Si está alquilado se puede denunciar para echar por causas probadas.

  17. Alba

    Desde el año 1995 tengo el pago de la comunidad domiciliado en mi cuenta bancaria y no he tenido ningún problema. Hoy, me ha llamado el administrador de la comunidad para decirme que debo más de 3000€ de comunidad, ya que desde el año 2014 le ha estado cobrando mi comunidad al propietario de los locales de abajo. El dueño de los locales se ha dado cuenta de que desde hace 4 años le cobraban 60€ que no sabía de donde procedían y resulta que el administrador por algún tipo de error había cambiado mi número de cuenta por el de ese señor. Yo, la verdad que no me fijo en si me cobran dicho dinero puesto que desde el 1995 me lo han cobrado sin ningún tipo de problema. Ahora me reclama los 3000€ y me gustaría saber hasta que punto es mi responsabilidad, ya que yo nunca me he negado a pagar la comunidad, sino que el administrador en el 2014 tuvo algún tipo de negligencia y cambió el número de cuenta ¿Alguien sabe como debo enfrentarme a esto?
    Muchas gracias.

    • Inmaculada Castillo

      Hola,

      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  18. felix borjabad lapeña

    Desde el año 2006 al año 2010 el administrador(dimitio en 2010) para justificar el cuadre de cuentas anuales, ponia un gasto en parte duplicado, Somos dos Comunidades,pisos y piscinas, y ponia el 100% en piscinas y otro 50% a pisos.Se lo comunique feacientemente varios años a la Junta de entonces y no quisieron hacer nada.Ahora soy el Presidente y quiero reclamarle,ahora tengo las pruebas,¿ha prescrito, penal o civil)

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Félix, depende de las actuaciones concretas, habría que analizar el caso pero es probable que si haya problemas de prescripción, le recomiendo busque asesoramiento jurídico con examen de la documental del caso

  19. Maria

    Hola necesito saber que responsabilidad tiene un administrador y si está obligado a comunicar a los propietarios el auto de una demanda interpuesta por un propietario de la comunidad contra los acuerdos tomados en la Junta general.
    El Auto dice que dichos Cuerdos son nulos. Han pasado 60 días y ni a mandado un comunicado y ha convocado una reunión para informar. Gracias por su amabilidad.

    • Inmaculada Castillo

      Hola María,
      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañero Francisco Sevilla a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://www.mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  20. JOSE RAMON ROMERO MARTIN

    SOY EL PRESIDENTE DE UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS.
    Nuestro edificio ha sufrido un incendio en la instalación eléctrica que ha provocado estar 20 viviendas sin luz durante mas de 50 días.
    En el dia de hoy se recibe un escrito de la Consejeria de Industria del Gobierno de Canarias el cual finaliza diciendo: «Hacemos hincapié en que este tipo de edificios están obligados a una revisión técnica cada 10 años por un OCA elegido libremente por la comunidad de Propietarios. Dicha revisión no se ha realizado hasta ahora, probablemente si se hubiese dado cumplimiento a dicha exigencia reglamentaria se hubiera evitado esta situación, pues el objetivo es garantizar de manera preventiva un mantenimiento adecuado de las instalaciones»
    Nuestro administrador durante mas de 25 años nunca nos informó de tales inspecciones y he hecho a él mismo le sorprendió
    ¿Hay responsabilidad civil por su parte?

  21. Jose Ignacio Tobia Gonzalez

    Buenas tardes:
    En nuestra Comunidad, varios propietarios estamos observando “supuestas apropiaciones indebidas” por parte del Administrador.

    Se lo hemos denunciado por activa y por pasiva. Hemos detallado varios “posibles agujeros contables”. Su respuesta es el silencio.

    Ante la posibilidad de que estemos en un error o equivocación le hemos pedido que justifique tales “agujeros” pidiéndole la documentación justificante (art.20.e LPH) Llevamos así más de dos años.

    Ni justifica, ni presenta documentos, ni atiende nuestras reclamaciones. En un caso pretendió justificarlo y fueron argumentos insuficientes (¿falsos?), que fueron rebatidos y después nunca contestados por él.

    Nuestra pregunta es: El Administrador que nos oculta documentos y/o justificantes y que no se defiende ante nuestras denuncias, aunque tenga pruebas y no las muestra ¿En qué responsabilidad, civil o penal, puede incurrir, si por ocultación de datos, procedemos judicialmente y en juicio presenta las pruebas que le hemos pedido y nos ha negado y son suficientes ante el juez para justificar la bondad de su gestión?

    ¿Qué responsabilidad tendríamos nosotros por denunciarle judicialmente, si hemos llegado a ese extremo por que él no ha querido presentar pruebas, disponiendo de ellas?
    Gracias. Saludos.

  22. Beatriz

    Estamos instalando un ascensor en mi comunidad;y ahora excelsior no quiete ponernos los azulejos q han roto en la subida de las escaleras;estamos ya fuera de los 6 meses de plazo y encima en las pasarelas nuevas por ahorras baldosas las han puesto partidas por la mitad;han destrozado los timpres hay qlgunos que no se pueden poner porque no han dejado suficiente espacio;unos chapuzas las puertas tapadas con cintas carroceras han arrancafo el barniz….cables sueltos y un sin fin de desperfectos
    Donde puedo denunciar al ayuntamiento?a lq comisaria?

  23. alfonso

    Hace unos meses compre un piso en cuya azotea hay tres trasteros solicite al administrador de fincas que si yo podîa poner una me dijo que lo solicitara por escrito lo hice al cabo de un mes y al no tener noticias le llame y me dijo berbalmente que ya habian hecho la reunion y que podia ponerlo eso si bajo mi responsabilidad si causaba desperfectos a algun vecino yo acepte y me puse en cotacto cob leroy merlin me vinieron y presupuestaron y que dado el retraso que como minimo en un mes no se podrían poner a ello el lunes dia 12 me llaman diciendo que van a venir a poner la plataforma llamo al administrador para que me diga donde le parece mejor que la pongan puso mil excusas para no venir incluido que tenia una reunion pero que la pusiera si habia dos en un lado que no la pusiera enfrente sino enfrete a una tercera que hay al lado delacceso por la escalera de forma que quedaran dos y dos mas o menos equidistantes y que no se vieran desde la calle asi lo hice y cuando estaban a medias sube una vecina e insta a los obreros a que paralicen las obras lo cual hacen mas bien porque ya estaba anocheciendo.
    Al dia siguiente sube la pareja de la anterior y les incrimina a que dejen la obra o llama a la la policia a lo que contestan estos siguiendo mis instrucciones que llame a quien quiera porque ellos tiene que terminar en el entretanto yo me voy al ayuntamiento para ver si se debe solicitar algun tipo de licencia de obra a lo que me contestan quedado el tipo de material cemento erlitico de escaso peso y no alterando con ello la superficie construida podía hacerlo sin problemas en cuanto a la caseta me especifican que aunque no hay legislacion concreta sobre el tema si esta es desmontable y se puede atornillar a dicha plataforma sin peligro de volcado aunque en principio no se deben poner casetas de trastero podría pasar y ante todo por la liviandad de la misma 78 kgs sobe una superficie de 8 metros cuadrados suponiendo una presiónn minima sobre centimetro cuadrado. Pero el miercoles día 15 a las siete de la tarde mi mujer se encuentra con u email del administador solicitando la paralización de las obras para esas horas ya estaba concluida casi la obra y habiendome mandado otro diciendome que se convocaba junta extraordinaria para hablar del tema . Mi pregunta es debo yo admitir yo las conclusiones de esa juta dado que y habia solicitado ese permiso el 2 de septiembre sin haberme dado contestacion por escrito solo verbal y habiendome al parecer mentido sobre que habían hecho una reunión en la cual me daban permiso debo yo ahora perder 700 euros que me ha costado la obra por la irresponsabilidad de este señor. Hay animo de fastidiar en la propuesta de que cambie la caseta de sitio cuando ese sitio es tan correcto como los alternativos ademas habiendo hecho lo que me dijo este señor,

  24. Amparo

    Buenas, acabo de comprar un piso en un edidicio antiguo, y al levantar el suelo vimos que las viguetas de madera están mal. Se habla con administrador y presidente, se aprueba presupuesto en junta de la comunidad y cuando ya se podía empezar, el administrador empieza a retrasar la obra por el tema de los permisos de acceso para realizar la actuación en el forjado del dueño y del inquilino del piso de abajo y local comercial que en este caso es el mismo.
    Empiezo a preguntarle opciones para requerir a los afectados y el administrador me aconseja un abogado. Empiezo a leer la LPH y le empiezo a exigir que cumpla la ley. El caso es que hay peligro de derrumbe, pues el forjado está mal, y para poner fechas, todo esto se comunicó a la comunidad el 1 de julio. Entiendo que el veranos es mala época, pero después de tres meses y medio, no tenemos todavía los permisos de acceso, con el perjuicio económico que me está causando por no poder hacer uso de mi vivienda.

    ¿Hasta qué punto en cuestión de tiempos se puede considerar esto como mala praxis y dejación de obligaciones?

    Tengo muchos correos exigiéndole agilidad y trasparencia en los trámites, por su parte no me informa de la legislación y más bien me oculta información, tengo que estar yo mirándola y documentándome por mi cuenta, por ejemplo, anuncio en tablón de anuncios del portal para requerir al propietario, burofax según el artículo 9.1.c creo recordar, etc, etc.
    Estoy desesperada, tres meses y medio de pérdidas….

    Solicito consejo, muchas gracias.

    • cecilia

      Ayuntamiento, les informas de lo que hay y si es algo como dices estructural orden de ejecución. Y comunitario.

  25. alvaro

    Podría alguien decirme si un administrador de fincas de una comunidad debe de hacer lo siguiente?
    «Tengo un problema con vecina de arriba, tiene un jardin en la terraza y el agua cuando riega, porque riega mucho, se esta filtrando a mi vivienda. He tenido muchos problemas con dicha vecina porque es una maleducada, y dado que no puedo ni quiero hablar con ella le he pedido al administrador que por favor le pida datos de seguro para arreglar problema. Me dice que la llamará para que ella comunique con nosotros. Pero le he dicho que necesito que le pida datos de seguro, dado que ella no me va a llamar y cada vez me cae mas agua».
    Podría obligar a administrador a hacerlo? hay alguna otra solucion? estoy pansando un calvario con esta vecina desde hace años. Agradecería cualquier ayuda sobre el tema

  26. Antonio Blasco

    Desearía saber si existe algún tipo de responsabilidad por parte del administrador de fincas de nuestra comunidad que teniendo conocimiento físico y verbal del acometimiento de obras mayores (ampliación de metraje cuadrado habitable, alteración de fachadas, alteración estética…) no advierte al propietario y presidente de la comunidad de que dichas obras no han pasado por junta. ¿Puede y debe solicitar licencias? y en caso de no hacerlo ¿Cómo y donde puedo denunciarle?

    • soledad

      Estimados,
      Buenas tardes,

      favor solicito ayuda que funciones y obligaciones debe tener un Administrador de un Edificio en Comunidad.

  27. carmen

    El administrador de la comunidad donde vivo comete muchas ilegalidades manipula y oculta información que solicitamos los propietarios.Falta dinero,no arrastra bien los saldos de un año para otro originando descuadres que ella cuadra a martillazos le pedimos que presente presupuestos de seguro y no nos hace caso porque ella es la gestora ,los presupuestos los hace favoreciendo descaradamente a los que tienen mayoría en las juntas que son siempre los mismos .Tengo localizadas infinidad de errores cometidos en las cuentas.Se lo digo al presidente y no le da importancia .¿que debo de hacer? no puedo conseguir el 25% de propietarios porque un propietario muy ligado al administrador puede conseguir el 80% de los votos si algo no les interesa que se estudie o que se modifique.

    • Francisco Sevilla Cáceres

      Hola Carmen:
      1.- Usted podria llevar a una Junta de propietarios (como punto del orden del dia), la discusión sobre las irregularidades del administrador en las cuentas a fin de que de las oportunas explicaciones e información. Para esto no haría falta el quorum del 25 %.
      2.- Tambien, podria oponerse a los acuerdos que considere ilegales y discutirlos mediante la impugnación en el Juzgado.
      Un saludo

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados